Economía
EN 2024

Confirmado por Hacienda: si estás en esta lista esto es lo que va a pasar con tu IRPF

Esta es la lista de personas que están exentas de pagar el IRPF

El Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas es un tributo que tienen que pagar de forma anual los ciudadanos españoles y que grava la renta que han obtenido las personas a lo largo de un año teniendo en cuenta sus circunstancias personales. En la nómina mensual de cada persona se paga una cantidad de IRPF y en función de los rendimientos anuales se ajusta en la declaración de la renta anual. Hay un grupo de personas que están exentas de pagar el IRPF entre los millones de españoles.

En primer lugar hay que diferenciar entre la retención de IRPF que se realiza de forma mensual en la nómina y en la declaración del IRFP que tenemos que hacer de forma anual entre marzo y julio en la campaña de la declaración de la renta. Digamos que las retenciones son un adelanto que realizamos a Hacienda antes de la declaración anual. En función de la cantidad abonada meses después la Agencia Tributaria tendrá que reclamar más dinero o devolverlo. Todo ello va en cantidad de los ingresos obtenidos y de forma progresiva.

En el año 2024, estos son los diferentes tramos de retención de IRPF en función de los ingresos que generen las personas que están dadas de alta en el sistema de la Seguridad Social. Dentro de estos tramos se suma el tipo estatal además del autonómico. Quedarán exentos los que cobren menos del SMI:

Este es el porcentaje que las empresas están obligadas a retener en la nómina de los trabajadores aunque el Real Decreto 439/2007, dice que hay un grupo de empleados exentos, que será los que no lleguen a una serie de mínimos establecidos dependiendo de la situación personal. Por ejemplo, el fijado por el contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente con un hijo es de 17.644 euros anuales mientras que para los contribuyentes  cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas, el límite es de 18.130 euros.

Hacienda confirma los exentos para pagar el IRPF

El Consejo de Ministros aprobó el pasado mes de junio, a propuesta de la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, una modificación en la ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) en el que elevó el mínimo exento de este impuesto a 15.876 euros anuales, en consonancia con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). De esta manera, los trabajadores que no lleguen a este mínimo no tendrán porque retenerle este impuesto en la nómina. «No se les practicarán retenciones en sus nóminas mensuales ni tendrán que pagar posteriormente este impuesto», dijo en su día en su comparecencia.

Así que el mínimo exigido para estar exento del IRPF pasa de los 15.000 euros anuales a 15.876, que es el actual SMI. Estos cambios llegarán a las rentas de hasta 22.000 euros que según el Gobierno hará que beneficie a «5,2 millones de contribuyentes, sobre todo a asalariados y a pensionistas con rentas bajas y medias».

Rentas exentas de IRFP

En España hay que recordar que los pensionistas no están exentos a pagar el IRPF salvo que sus rentas sean muy bajas y dentro de ellos hay un grupo que sí que está totalmente exento, que son loso que reciben una pensión contributiva por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

Esto se recoge en el artículo 7 correspondiente a la Ley 35/2006, de 28 de noviembre. Este deja claro que estarán exentas las «prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o por las entidades que la sustituyan como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez». También hay otro grupo de personas que están exentas de declarar el IRPF, según recoge el Boletín Oficial del Estado. Estos son algunos de los ejemplos.