Se cierra el plazo para cambiar la cuota de cotización de autónomos. Esta es tu última oportunidad
La cuota de cotización de autónomos ha cambiado y lo ha hecho para seguir siendo la más alta de toda Europa
El incremento será gradual durante los próximos años
La cuota de cotización de autónomos ha cambiado y lo ha hecho para seguir siendo la más alta de toda Europa. La reforma de esta cuota que pagan los trabajadores por cuenta propia no acaba de entenderla nadie, aunque parece responder a fines recaudatorios. El 80% de los autónomos cotizaban por la base mínima, es decir, pagaban sobre los 300 euros, para ganarse la vida. Ahora los que ingresen menos, pagarán como máximo 100 euros menos y los que ganen más, destinarán sus ganancias a esta cuota que va a parar a las arcas nacionales.
Esta es la última oportunidad para cambiar la cuota de cotización de autónomos
Llevaban años pidiendo una cuota de autónomos justa, pero en lugar de eso, España se embarca en una cuota que subirá a la misma velocidad que los intentos de los trabajadores de ganar dinero. Hasta la fecha se pagaban unos 300 euros de cuota, a los que se sumaban el 21% de IVA y el 15% de IRPF, es decir, un trabajador autónomo ya pagaba mucho por trabajar.
Ahora pagará más, la rebaja que tiene que ver con los que ingresen menos, es decir, los que facturen menos de 675 euros, pagarán ‘sólo’ 200 euros. Una facturación con la que difícilmente se puede vivir y un descuento de la cuota de 85 euros respecto a lo que pagaban antes. Por el contrario, los que facturen para vivir, verán como su cuota de incrementa de forma astronómica.
El incremento será gradual durante los próximos años y va unido a unos mejores servicios para las personas. Por lo que se debe ir comunicando el aumento o el descenso de los ingresos para que sean unas cuotas más exactas a lo que la persona factura, de acuerdo con la nueva normativa. Se puede regularizar la cotización durante unos periodos del año, para que no sea la Seguridad Social, la que cruzando datos con Hacienda reclame un aumento que no ha llegado a sus arcas.
Podrás regularizar tu cuota con las estimaciones de lo que vas a ganar durante el año, siguiendo estas fechas:
- Del 1 de enero hasta el 28 ó 29 de febrero: con efectos el 1 de marzo.
- Del 1 de marzo al 30 de abril: con efectos el 1 de mayo.
- Del 1 de mayo hasta el 30 de junio: con efectos el 1 de julio.
- Del 1 de julio hasta el 31 de agosto: con efectos el 1 de septiembre.
- Del 1 de septiembre al 31 de octubre: con efectos el 1 de noviembre.
- Del 1 de noviembre al 31 de diciembre: con efectos desde el 1 de enero del año siguiente.
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- Autónomos
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