Economía
MUTUALISTAS

Cambio inesperado para los mutualistas: así quedan las devoluciones de IRPF de hasta 4.000 €

Los mututalistas tendrán que solicitar la devolución del IRPF en la próxima campaña de la renta

Los mutualistas que en su día cotizaron de más en el IRPF por un error de la Agencia Tributaria y que están esperando una devolución de Hacienda podrán reclamar parte de su dinero en la próxima campaña de la declaración de la renta. A partir del miércoles 2 de abril podrán solicitar solo lo correspondiente al ejercicio de 2019 después de una decisión insólita del ministerio de María Jesús Montero. Después de haber abonado 1.400 millones a los perjudicados, han cesado los abonos y cambiado el calendario de pagos. Así está la situación de los mutualistas y la devolución del IRPF que les corresponde.

A finales del pasado mes de diciembre, la Agencia Tributaria anunció por sorpresa que cancelaba el pago a los jubilados que cotizaron de más en su día por mutualidades laborales y que se vieron beneficiados de una sentencia histórica del Tribunal Supremo. El Alto Tribunal obligó a Hacienda a devolver el 100% a los que cotizaron por mutualidades laborales antes del 1 de enero del 1967 y el 25% a los que lo hicieron entre 1967 y 1978. En total, los perjudicados eran más de cuatro millones de españoles.

Una vez confirmada la sentencia 707/2023, la Agencia Tributaria abrió un canal a través de su página web para que los mutualistas afectados en su día pudieran reclamar su dinero a través de un simple formulario. Los pagos se fueron sucediendo hasta que en la última semana de diciembre, y después de pagar 1.400 millones, desde el Ministerio de Hacienda confirmaron que los pagos estaban cancelados y que ahora las cantidades se devolverían año a año.

María Jesús Montero y Yolanda Díaz en el Congreso.

El cambio a los mutualistas con el IRPF

«Queda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024». Así rezaba el titular de un comunicado en el que la Agencia Tributaria fijó un calendario de pagos que retrasa la devolución de las cantidades íntegras hasta el próximo año 2028, fecha en la que los jubilados perjudicados en su día incluso no podrían disfrutar de su dinero. Esta decisión provocó un gran enfado entre los perjudicados, ya que fuentes del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) confirmaron a este periódico que hay 300 millones de euros pendientes de devolución. Así que alrededor de un millón de afectados estarían aún sin cobrar.

«También quedan sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas para la aplicación de la DT 2ª de la LIRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos, cuya devolución no se hubiera acordado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024, cualquiera que sea la vía que se haya utilizado para su solicitud», informaron a través de sus canales oficiales a la vez que fijaron el nuevo calendario de pagos en el que tendrán que solicitar las devoluciones, que pueden ser hasta de 4.000 euros, en los correspondientes ejercicios de la renta.

De primeras, en la campaña de la renta de 2025 que se inicia el próximo miércoles 2 de abril, los mutualistas que aún no hayan reclamado el dinero que les pertenece podrán solicitar la devolución correspondiente al ejercicio de 2019 y a los anteriores no prescritos. El próximo 2026 podrán reclamar lo correspondiente al 2020 y así sucesivamente hasta el año 2028, en el que se podrá solicitar lo correspondiente a 2022. Este es el nuevo calendario de pagos que irá año a año a partir de ahora:

Cómo reclamar la devolución del IRPF

Así que el próximo 2 de abril, coincidiendo con la campaña de la declaración de la renta, la Agencia Tributaria volverá a habilitar un canal para que los mutualistas puedan reclamar el IRPF a través de un formulario. En este sólo tendrán que añadir los datos personales y el número de cuenta al que tiene que ir a parar el dinero. Tras verificar los datos, desde Hacienda se pondrán en contacto con los perjudicados en caso de necesitar alguna documentación extra.

Por lo que respecta al tiempo de devolución, desde Hacienda se suelen poner un plazo de seis meses para proceder al ingreso de la cantidad en cuestión. En caso de llegar al próximo mes de enero y no haber cumplido con los pagos, desde la Agencia Tributaria tendrán que abonar la cantidad correspondiente con unos intereses del 4%.