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Economía
Incapacidad temporal

Buenas noticias de la Seguridad Social: vas a cobrar el 100% de la incapacidad temporal si estás en ésta lista

Cuando se está de baja médica, lo último en lo que se piensa, o en lo que se debería pensar es en si esta se va a cobrar o no. Pero a veces, incluso cuando nos tienen que operarnos dudamos y pensamos que tal vez no vamos a poder cobrar lo que pensamos. Sin embargo, la Seguridad Social que ya tiene una lista de enfermedades para las que reconoce la incapacidad permanente, suma ahora una media que si bien todavía es bastante desconocida para muchos, puede suponer un gran alivio para un colectivo muy concreto: las personas que donan órganos o tejidos en vida.

De este modo, en el que caso de que seas donante vivo, vas a tener  derecho al 100 % del subsidio por incapacidad temporal desde el primer día de la baja, y además no existe requisito alguno de haber cotizado un mínimo de tiempo. La medida que te contamos a continuación al detalle, se encuentra dentro de la Ley 6/2024, publicada en el BOE el 21 de diciembre del año pasado y que entró en vigor el 3 de marzo de 2025. Con ella, se resuelve una situación que hasta la fecha era bastante injusta, ya que aquellos que donaban un órgano o tejido y se sometían a una cirugía voluntaria, no tenían garantizada la baja al 100 %.

La Seguridad Social paga la incapacidad permanente si estás en esta lista

Tal y como recoge la Revista de la Seguridad Social, ya se considera «situación especial de incapacidad temporal» cuando una persona trabajadora se convierte en donante vivo de órganos o de tejidos. De este modo podrá cobrar el 100% de la baja durante los días en que reciba asistencia sanitaria y esté incapacitada para trabajar.

Pero no sólo eso, sino que también los días previos, cuando comienzan las pruebas médicas o el seguimiento del equipo sanitario, el tiempo de hospitalización y, por supuesto, toda la fase recuperación posterior hasta que se reciba el alta médica.

¿Existen requisitos?

Lo más relevante de esta protección es que el subsidio por incapacidad temporal se calculará como el 100 % de la base reguladora correspondiente, y además se abonará desde el primer día de la baja. Es decir, no hay que esperar ni cumplir un mínimo de días para empezar a cobrar.

Y  tampoco se exige un periodo mínimo de cotización previa para acceder a esta prestación. Es decir, no importa si llevas poco tiempo trabajando: si donas un órgano o tejido y necesitas tiempo de baja, vas a estar cubierto al completo.

En cuanto a quién gestiona este pago, dependerá de cada caso concreto. Puede hacerlo directamente el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), el ISM (Instituto Social de la Marina) o la Mutua colaboradora con la que tengas cubierta tu contingencia común. En cualquiera de los tres casos, la tramitación será automática siempre que la situación quede correctamente justificada por el equipo médico.

Según explica el preámbulo de la Ley 6/2024, esta modificación responde a una necesidad real: la de proteger a quienes, de manera totalmente altruista, se someten a una operación quirúrgica para salvar la vida o mejorar la calidad de vida de otra persona.

Hasta ahora, estas personas quedaban en una especie de limbo. Aunque pudieran tramitar una baja médica, no tenían garantías de cobrar el 100 % de su salario, y en muchos casos veían reducido su ingreso justo cuando más necesitaban descansar y recuperarse.

Con este cambio, la Seguridad Social reconoce el gesto solidario y garantiza una protección para aquellas personas que se someten a cualquier donación en vida o también de tejido. Al fin y al cabo, hablamos de personas que están ayudando a otros a seguir viviendo.

¿Quién entra en esta lista de beneficiarios?

Como ya hemos explicado, todas aquellas personas que donen un órgano o tejido en vida y que, como resultado de ese proceso, necesiten una baja médica. No importa si trabajan en el sector público o privado, si están en régimen general o en otros regímenes especiales. La protección es la misma.

Entre los ejemplos más comunes están:

Eso sí, siempre deberá haber una intervención médica asociada y justificada, y el trabajador debe encontrarse realmente incapacitado para desarrollar su actividad laboral durante ese periodo.

En conclusión, puede que pienses que ha tardado en llegar, pero por fin la medida ya se aplica y supone la mejora del sistema de protección social. Un reconocimiento para aquellos que no dudan cuando se requiere ayuda de verdad. Recordemos que se aplica desde el pasado mes de marzo, pero como las donaciones no son, tristemente, un tema que esté todos los días en los titulares, es posible que desconocieras hasta ahora este reconocimiento que por fin aplica la Seguridad Social sobre quienes donan órganos o tejidos.