El BOE confirma el cambio de norma y avisa: puedes cobrar el 100% de tu sueldo aunque estés de baja laboral y te avala el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores
Puedes cobrar el 100% del sueldo de baja, pero sólo en un caso muy concreto.
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Cuando un trabajador entra en una baja laboral, hay algo que suele asumirse sin darle muchas vueltas y es que el sueldo no va a ser el mismo durante ese tiempo. Puede haber excepciones, sí, pero lo habitual es que la prestación no cubra todo o que no vayamos a cobrar el 100% de nuestro sueldo. Por eso, cualquier cambio legal que toque este punto genera bastante ruido, y no siempre se entiende bien a la primera.
Eso es justo lo que ha pasado con una modificación reciente publicada en el BOE. que muchos interpretan o creen que ahora tal vez sea posible cobrar el 100% del salario estando de baja en general. Pero no funciona así sino que en realidad, la norma introduce una excepción, bastante concreta, que conviene explicar bien para no llevarse a error. Detrás de este cambio hay una intención bastante clara ya que no se trata de mejorar todas las bajas laborales, sino de proteger un caso muy específico en el que el trabajador no está enfermo en sentido estricto, sino pasando por un proceso médico distinto. Para ello se han tocado tanto la Ley General de la Seguridad Social como el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores.
Puedes cobrar el 100% de tu sueldo aunque estés de baja laboral
El cobro íntegro del salario durante la baja laboral sólo se aplica a quienes se someten a una intervención para donar órganos o tejidos en vida. Es decir, no es una medida general ni algo que vaya a afectar a la mayoría de trabajadores por lo que es importante tener en cuenta este requisito no vaya a ser que nos lleve a error.
En estos casos, la Seguridad Social cubre el 100% de la base reguladora desde el inicio de la baja. Sin porcentajes, sin recortes en los primeros días. Es una diferencia importante respecto a otras situaciones, donde la prestación suele ir por tramos y rara vez coincide con el sueldo completo. Tiene lógica si se mira de cerca ya que no se trata de una baja por enfermedad común ni por accidente. En este caso se trata de una decisión voluntaria que implica pasar por quirófano para ayudar a otra persona. Y ahí el legislador ha querido evitar que el factor económico pese más de la cuenta.
Qué cambia realmente con esta nueva norma
Antes de esta modificación, la situación no estaba del todo clara. Había trabajadores que sí cobraban el 100% en estos casos, pero dependía mucho del convenio colectivo o de si la empresa completaba la prestación. En otros casos, no era así. Con el cambio que ya se señaló en el BOE, eso quedó unificado hace poco más de un año. En concreto, desde el mes de marzo de 2025, este derecho pasó a estar garantizado sin la necesidad de depender de acuerdos externos. De este mod si se se cumple el supuesto, donación en vida con intervención quirúrgica, la cobertura es completa. Otro detalle importante que se debe señalar es que no hay una duración fija para la baja. Es decir, que no es una cifra cerrada sino que dependerá de cómo evolucione cada persona después de la operación. Puede ser más o menos tiempo, y eso lo marca el criterio médico, no la norma.
El encaje en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores
El cambio no se queda sólo en la Seguridad Social. También afecta al artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, que es el que regula los permisos retribuidos. No estaba pensado para algo así, pero se ha adaptado. Con esto se refuerza la parte laboral, no sólo la económica. Es decir, no sólo se garantiza el cobro, sino también el encaje legal de la situación dentro del marco del trabajador y es algo que tiene sentido si tenemos en cuenta que no se trata de una baja cualquiera.
Además, aporta algo que antes faltaba: claridad. Tanto empresas como empleados tienen ahora una referencia concreta. Ya no depende de interpretaciones o de lo que diga un convenio concreto.
Una medida pensada para eliminar una barrera concreta
Más allá de lo técnico, el objetivo es bastante directo. España lleva años con cifras muy altas en donación de órganos, pero la donación en vida no siempre es fácil. Hay factores médicos, personales y también económicos. Perder parte del sueldo durante semanas puede ser un problema real. Y eso, aunque no sea lo principal, puede frenar decisiones. Con esta medida, ese obstáculo desaparece en gran parte.
No cambia el sistema de bajas en general, ni convierte todas las incapacidades en retribuidas al 100%. Pero sí introduce una excepción muy concreta, pensada para algo muy concreto. Y ese matiz es importante. En resumen, no es que ahora cualquier trabajador vaya a cobrar el sueldo completo estando de baja. Es solo en este supuesto y está respaldado por ley.
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