Economía
ingreso mínimo

Así exige Escrivá un 25% de interés a quien no devuelva el Ingreso Mínimo porque ha encontrado trabajo

"Si el ingreso no se realiza en el plazo de 15 días indicado, serán exigibles los intereses de demora", dice una misiva

Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV) que han recibido una oferta de empleo y han trabajado durante unos meses, superando el mínimo de ingresos que exige el Ministerio de Seguridad Social de José Luis Escrivá para darle la ayuda, reciben la mala noticia de que deben devolver el dinero -a veces en un plazo de 15 días-o de lo contrario se le reclamarán los intereses de demora, el 25% más el tipo de interés estipulado en cada momento. A veces, estos perceptores no tienen capacidad de devolver cantidades que en algún caso rozan los 2.000 euros ya que han perdido su empleo temporal, lo que les arrastra a una situación desesperante. Se encuentran sin empleo y sin la ayuda, porque se les ha extinguido, y con una deuda de casi 2.000 euros.

Es el ejemplo de este perceptor: como se ve en las cartas que acompañan a esta información, tiene un recargo de 291 euros y se le reclama la deuda o «en 15 días serán exigibles los intereses de demora (interés legal incrementado en un 25%), devengados desde la finalización del plazo reglamentario de ingreso hasta la fecha del pago de la deuda».

En este caso, el Ministerio que dirige José Luis Escrivá no da opción a que el perceptor del IMV pueda presentar alegaciones y defenderse, ni de fraccionar la deuda.

En otras ocasiones, el Ministerio sí deja ese margen de tiempo para presentar alegaciones. Pasado ese tiempo, el proceso es el mismo: devolución del dinero recibido de más a un interés del 20% y si aún así no se devuelve, intereses de demora al 25%. Así lo refleja esta otra carta de agosto de 2023, en la que le da la opción de los 15 días para reclamar:

En un tercer caso, el departamento de Escrivá propone devolver los fondos cobrados de más restándolo de la cantidad a percibir mensualmente, sin posibilidad de hacer cambios. «Sólo se puede cambiar lo que dice el Ministerio si es para pagar más», explica un afectado. En este caso, le rebajan la ayuda de 999 a 700 euros.

Otra modalidad de cartas que está enviado el Ministerio de Seguridad Social recuerda al afectado que tiene que pagar la deuda en 30 días o se le reclamarán un 20% de intereses y, si sigue sin pagar, empezaría el procedimiento de apremio; es decir, el embargo de bienes.

Por último, OKDIARIO también ha recogido un ejemplo de la extinción de la percepción del IMV a una persona que lo estaba cobrando y que lo ha perdido por trabajar temporalmente. La posterior revisión del Ministerio determina que cobró más del mínimo exigido para recibir la ayuda y empieza el proceso de reclamación de las cantidades recibidas. «Pero como llega tarde, con años de retraso incluso, la deuda llega cuando ya no se tiene trabajo y los ingresos son cero», señala un afectado.

Desde el Ministerio que dirige Escrivá se han producido algunos cambios, señalan los afectados. Ahora se suele dar un tiempo para reclamaciones, cosa que al principio no se hacía, y la devolución de los fondos cobrados indebidamente se limita a cuando «las cantidades superen el 65% de la cuantía mensual de las pensiones no contributivas».