Así fue la llegada de Xabi Alonso a la Audiencia Provincial de Madrid para el juicio por presunto fraude fiscal
Pasaban pocos minutos de las nueve de la mañana cuando Xabi Alonso aparecía por la Audiencia Provincial del Madrid para el juicio en el que la Fiscalía le que solicita cinco años de prisión por tres delitos fiscales entre 2010 y 2012.
Xabi Alonso es el único de una larga lista futbolistas que en los últimos años han sido juzgados por fraude fiscal que se sentará en el banquillo de los acusados para defender su inocencia, pues desde el primer momento rechazó haber cometido delito alguno.
En el caso de Alonso, además del jugador, serán juzgados el asesor fiscal Ivan Zaldúa y el miembro de la sociedad Kardazli Comercio Serviços de Consultoría e Investimentos LDA.
Al margen de los cinco años de prisión que pide para cada uno, la Fiscalía solicita una multa individual de 4 millones de euros y, en concepto de responsabilidad civil, el abono de forma conjunta y solidaria de 2.032.845 euros a la Agencia Tributaria, pues esa fue la cantidad presuntamente defraudada más los intereses.
Según la Fiscalía, a mediados de 2009 los tres acusados se pusieron de acuerdo para articular una «aparente» cesión de la explotación de los derechos de imagen Alonso «con la intención de que el mismo obtuviera un beneficio fiscal ilícito».
El 9 de agosto de ese año, el jugador, asesorado de forma «efectiva» por Zaldúa, suscribió un contrato por el que simulaba la cesión de la explotación de sus derechos de imagen a la sociedad Kardzali en Madeira.
Pero esa sociedad pertenecía a otra radicada en Panamá de la que Alonso fue titular del cien por cien de las participaciones sociales desde el 16 de diciembre de 2009.
La Fiscalía concluye que esa «aparente» cesión de los derechos de imagen se realizó cuando el futbolista gozaba de su condición de «no residente» en España (fichó en el verano de 2009 por el Real Madrid procedente del Liverpool), pero «mantuvo dicha estructura formal» durante los años siguientes y, «al menos hasta 2012», teniendo durante ese tiempo la condición de residente fiscal español.
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