`
Economía
SMI

El BOE lo confirma: el giro en el SMI que está a punto de llegar y afecta a tu declaración de la renta

La subida del Salario Mínimo Interprofesional ya no es un anuncio ni un acuerdo pendiente. Desde hace días ya se ha confirmado como una medida oficial y dado que el nuevo importe aparece publicado en el Boletín Oficial del Estado ya podemos decir que el SMI se ha fijado en 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas. Con esta actualización, el salario mínimo anual alcanza los 17.094 euros.

La cifra supone un incremento de 37 euros al mes, lo que equivale a 518 euros más al año para quienes lo perciben completo. Según las estimaciones del Ministerio de Trabajo, el aumento beneficia a unos 2,5 millones de personas, muchas de ellas mujeres y trabajadores de sectores con sueldos más ajustados. Pero la pregunta que más se repite no tiene que ver solo con cuánto se cobra. Tiene que ver con Hacienda. Cada vez que sube el SMI surge la misma inquietud: si el salario aumenta, ¿también aumentan las retenciones? ¿Si cobro el SMI que pagar más en la próxima declaración de la renta?

La subida del SMI es obligatoria y con efecto retroactivo

El real decreto que recoge la actualización entró en vigor tras su publicación oficial. Además, la norma establece efectos retroactivos desde el 1 de enero del año en curso. Eso significa que las empresas han tenido que regularizar nóminas para abonar la diferencia correspondiente a los meses anteriores.

En la práctica, si un trabajador estaba cobrando el salario mínimo anterior durante los primeros meses del año, la empresa debe pagarle ahora la diferencia acumulada. Este detalle es importante porque muchas personas han notado el ajuste en una nómina posterior, no necesariamente en el mismo mes en que se anunció la medida.

1.221 euros brutos no son 1.221 euros netos

Conviene aclarar algo que a menudo genera confusión. El salario anunciado es bruto. Eso quiere decir que es la cantidad antes de aplicar las cotizaciones a la Seguridad Social y, si corresponde, las retenciones del IRPF. El salario neto es lo que finalmente llega a la cuenta bancaria. La diferencia entre ambas cantidades depende de la situación personal de cada trabajador. No es lo mismo estar soltero que tener hijos, ni tener contrato indefinido que temporal. Tampoco influye igual una jornada completa que una parcial. Por eso dos personas que cobren el SMI pueden ingresar cifras ligeramente distintas cada mes.

El giro fiscal con el SMI que afecta directamente a la renta

El punto más delicado de cada subida del salario mínimo es su impacto en el IRPF. Cuando el SMI aumenta, algunos trabajadores pueden empezar a superar determinados umbrales fiscales que antes no alcanzaban. Eso puede traducirse en retenciones que antes no se aplicaban o en un ligero ajuste al alza.

Para evitar que la mejora salarial se diluya por ese efecto, el Gobierno ha mantenido un mecanismo corrector similar al aplicado el ejercicio anterior. La idea es sencilla: si durante el año se practican retenciones, el trabajador podrá recuperarlas en la declaración de la renta.

En términos prácticos, eso significa que, aunque en algunas nóminas pueda aparecer una pequeña retención, esa cantidad se ajustará cuando llegue la campaña correspondiente al ejercicio en curso. El objetivo es que la subida no se convierta en un simple movimiento contable que luego desaparezca en impuestos.

Qué debes revisar cuando llegue la campaña

Aunque el sistema esté diseñado para proteger el poder adquisitivo, conviene no dar nada por hecho. Cuando se abra la campaña de la renta del ejercicio en el que se ha aplicado la subida, será recomendable revisar con atención el borrador. Hay que comprobar dos cosas, primero que las retenciones practicadas durante el año coincidan con la situación personal y que, si procede, se haya aplicado correctamente la deducción compensatoria. No es habitual que haya errores generalizados, pero cada caso es distinto. Y una revisión a tiempo evita sustos.

A quién beneficia realmente la subida

El incremento del SMI afecta especialmente a trabajadores de sectores como hostelería, comercio, servicios y agricultura, donde el salario mínimo es más frecuente. También impacta de forma notable en contratos a tiempo parcial, aunque en ese caso la cuantía se ajusta proporcionalmente a la jornada.

Desde que comenzó la senda de incrementos del salario mínimo en los últimos años, el Ejecutivo ha defendido que el objetivo es acercarlo progresivamente al 60 % del salario medio, en línea con las recomendaciones europeas. Con esta nueva cifra, se consolida esa trayectoria, aunque el debate político sobre su impacto en las empresas continúa abierto.

Lo que cambia y lo que no cambia

Lo que cambia es la cantidad mínima legal que puede percibir un trabajador por jornada completa. Ninguna empresa puede pagar por debajo de esos 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas. Lo que no cambia es el funcionamiento básico del sistema fiscal. El IRPF sigue calculándose en función de ingresos y circunstancias personales. La diferencia es que se ha previsto una compensación para que el aumento no pierda fuerza por vía tributaria.