Comunidad Valenciana
TRIBUNALES

El TSJ anula la absolución de los 14 acusados de introducir 117 kilos de ‘coca’ en el puerto de Valencia

Ordena a la Audiencia de Valencia elaborar una nueva sentencia incluyendo las conversaciones por anuladas en esa instancia

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha anulado la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia del pasado enero que absolvía a los 14 acusados de introducir un alijo de 117 kilos de cocaína en un contenedor, intervenido el 25 de agosto de 2020 en el puerto de Valencia. La decisión del Alto Tribunal valenciano estima así el recurso presentado por la Fiscalía y ordena al Tribunal que dicte nueva sentencia sin repetir el juicio, con valoración íntegra de las pruebas que fueron practicadas en su momento, incluidas las conversaciones a través de la plataforma de mensajería cifrada Sky ECC, que fueron interceptadas. Todo ello, según ha informado el propio TSJCV.

Contra la decisión del Alto Tribunal no cabe recurso. Por tanto, el Tribunal tendrá que dictar ahora nueva sentencia, incluyendo esas pruebas y sin repetir el juicio a los 14 acusados.

Las conversaciones fueron declaradas nulas por la Audiencia porque las evidencias digitales remitidas por las autoridades francesas en respuesta a una orden europea de investigación (OEI) cursada por un juzgado de Valencia carecían en origen de firma digital. El tribunal de instancia entendía que esa documentación adolecía de los elementos intrínsecos que garantizaran tanto su autenticidad como su integridad. Y, en consecuencia, no podían servir para desvirtuar la presunción de inocencia de los acusados.

No es ese el criterio de la Sala del Tribunal Superior valenciano, que entiende que la falta de acceso a los datos brutos del ECCSky no puede hacerse en este caso «por sí misma equivalente a una situación de indefensión», como alegan las defensas. En concreto, esas defensas sostenían que, al habérseles privado de una prueba pericial para acceder a los datos brutos del servidor de ECC Sky, no tenían garantías sobre los datos emitidos y, por tanto, ignoraban si se había podido omitir algún dato esencial para su defensa.

Además, la intervención de la droga no derivó de la información de la OID, sino que se produjo «a raíz de observarse durante un control rutinario que uno de los contenedores estaba abierto, pudiéndose comprobar que en su interior había unos 117 kilos de cocaína».