Cataluña
Riesgo de fuga y de reiteración delictiva

Llarena deniega de nuevo la libertad a Forn por apoyar públicamente a los CDR

El magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha denegado una nueva petición de libertad provisional del exconseller de Interior, Joaquim Forn, al entender que persiste el riesgo de fuga y el de reiteración delictiva tras apoyar públicamente a los CDR.

Según Llarena, pese a sus declaraciones judiciales, Forn ha expresado su apoyo a los Comités de Defensa de la República (CDR) en una carta, que ha escrito con el exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, en la que “incita a todos a resistir y a mantenerse firmes”, y proclama que son “un país vivo que no se resigna, ni cede a la represión ni a la amenaza”.

En la misiva, que fue leída el pasado 2 de mayo en un acto público celebrado en la Plaza de Sant Jaume de Barcelona, el magistrado afirma que ambos procesados revalidaron su compromiso con la determinación reflejada en el Libro Blanco para la Independencia de Cataluña.

En un auto, el magistrado rechaza la petición de Forn en la que aludía al arraigo laboral y familiar, y a sus declaraciones ante el instructor en las que aseguró que no iba a fugarse, ya que ello supondría dejar en la estacada a otros miembros del departamento de Interior y a los responsables de los Mossos d’Esquadra que se encuentran en la misma situación procesal que él.

El juez explica que la “alineación con los encausados que han dificultado el ejercicio de la jurisdicción española buscando refugio en terceros países, y que lo han hecho con pleno sustento económico y organizativo, así como sorprendente éxito hasta ahora, refuerza aún más el riesgo de su fuga, tanto como pronóstico de que pueda llegar a abordarse un comportamiento en este sentido, como por la posibilidad de que se haga en forma que dificulte real y materialmente la prosecución del proceso”.

Llarena recuerda también que el auto de procesamiento, dictado el pasado 21 de marzo, identificaba como factores que conformaban el riesgo de fuga una instrucción sumarial prácticamente terminada que reflejaba, sin seguridad, pero con firmeza, que el procesado se enfrentaba a una grave punición por una eventual responsabilidad penal como partícipe de un delito de rebelión.

Además de la proximidad del enjuiciamiento, el magistrado indica que ese mismo auto recogía que las fuentes de prueba recabadas durante la instrucción del sumario reflejaban “el claro desprecio de los procesados al acatamiento de las decisiones de la autoridad judicial”.

Aunque señala que Forn se incorporó al gobierno de la Generalitat de Cataluña un trimestre antes de la declaración de independencia, el menosprecio de las decisiones judiciales no se mide por el tiempo durante el que se ejerce la desconsideración, sino por la gravedad o el calado de la desatención cuando se produce. En este sentido, destaca que “no puede eludirse la relevante osadía con la que el procesado cooperó a la ejecución de los hechos y desatendió el ordenamiento jurídico y las decisiones del Tribunal Constitucional y del Poder Judicial”.

El investigado por la Audiencia Nacional José Luis Trapero y el encausado en el Supremo, Joaquim Forn.

Forn y los Mossos

El magistrado subraya que la actuación de Forn como nuevo consejero de Interior del que dependía orgánica y funcionalmente el cuerpo de Mossos d’Esquadra supuso “la aprobación de un plan de actuación que impedía a cualquier agente cumplir con su obligación de evitar un referéndum declarado inconstitucional y que conducía a la declaración de independencia”.

Sobre esta misma cuestión, el juez concluye que, al estar transferidas las competencias en materia de orden público por el Estado a la Comunidad Autónoma de Cataluña, el procesado “cooperó a intentar forzar al Estado a asumir el nuevo orden territorial desde el hecho material de que los 17.000 agentes armados destinados a garantizar un control no militar del territorio, no respondían a sus obligaciones legales y a las órdenes judiciales, sino a los designios de los insurrectos”.

También señala que el auto de procesamiento reflejó que el procesado forma parte de un colectivo que cuenta con recursos económicos y una estructura internacional desarrollada en los últimos años para la defensa de sus planteamientos y en condiciones de prestar soporte. Añade que “comparte propósito con los procesados fugados y, en apariencia, con su misma forma de entender la defensa de sus proyectos, pues compartió con ellos candidatura electoral hace pocos meses”.

En cuanto al riesgo de reiteración delictiva, el magistrado afirma que, aunque es cierto que el procesado ha renunciado a su actividad parlamentaria y que asegura que no se incorporará a ninguna responsabilidad en el Gobierno de la Generalidad, no obstante, su comportamiento “no conjura el peligro objetivo que en él se aprecia”.