Profesores de Baleares recuerdan a los directores su obligación de garantizar un 25% en castellano
La asociación PLIS advierte de que la omisión del castellano como lengua vehicular no excluye su vehicularidad
Lamenta que la nueva ley sólo haya servido para "confundir y dar una falsa sensación de seguridad a los directores"
Recuerda que en las últimas horas se ha producido un nuevo pronunciamiento del Supremo en respuesta a Cataluña
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La asociación de profesores PLIS, Educación por favor, ha advertido hoy de que aunque la nueva Ley balear de educación omite la vehicularidad del castellano, «no lo excluye en absoluto de ser lengua plenamente vehicular». Y ha remarcado que la «responsabilidad» de garantizar que se imparta un 25% de la enseñanza en castellano es de los directores de los centros educativos de las Islas.
PLIS ha lamentado en un comunicado que la nueva legislación sólo haya servido para «confundir a la comunidad educativa y dar una falsa sensación de seguridad a unos directores sobre quienes recae la responsabilidad de proponer unos proyectos lingüísticos de centro que sean fieles a la jurisprudencia del Supremo y del Constitucional».
Asimismo, ha recogido las palabras del conseller de Educación, el socialista Martí March, que afirmó que «se ponga o no la vehicularidad del castellano en la norma balear, ésta es doctrina del Tribunal Constitucional, que dice que las lenguas oficiales son vehiculares».
La asociación ha recordado que en las últimas horas se ha producido un nuevo pronunciamiento del Tribunal Supremo en respuesta al rechazo de la Generalitat de Cataluña a considerar el español como lengua vehicular en la enseñanza. Según el alto tribunal, excluir el castellano como lengua vehicular en la enseñanza sería “manifiestamente inconstitucional”.
PLIS también hace mención de una sentencia reciente en respuesta a la demanda contra cinco centros educativos de la Comunidad Valenciana, donde el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha fijado criterio al establecer que el valenciano y el castellano deben guardar una “proporción razonable” tanto en el tiempo lectivo como en su reparto en las asignaturas troncales.
El TSJCV fija, basándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que el “tiempo mínimo en cada una de las lenguas oficiales debe ser un 25% de las horas efectivamente lectivas. Debiéndose impartir en cada una de las lenguas oficiales la materia o la asignatura correspondiente a su aprendizaje y al mismo tiempo, como mínimo, otra área, materia o asignatura no lingüística curricular de carácter troncal o análogo”.
PLIS ha reiterado su advertencia a los directores de los centros educativos de Baleares por «ser ellos y nadie más» quienes tienen la obligación de cumplir con el derecho de que el castellano sea vehicular, al menos en un 25% de las horas lectivas, incluyendo siempre una asignatura troncal o análoga además de lengua castellana.
Cabe recordar que el pasado 22 de febrero el pleno del Parlament aprobó la polémica primera Ley balear de Educación del Govern de Francina Armengol, sin el consenso de la oposición en cuestiones como el modelo lingüístico y con discrepancias respecto a la elección de centro o el tratamiento de la enseñanza concertada.
Las enmiendas que recogían la vehicularidad del castellano y la posibilidad opcional de utilizar una lengua extranjera como lengua de enseñanza fueron rechazados, con el voto en contra de los partidos del Ejecutivo y a favor de PP y Ciudadanos, que acusaron a los socialistas de haber cedido ante las presiones de sus socios.
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