Aragón prohibe el uso del móvil en las aulas: «Mejorará la atención del alumno y sus relaciones»
Claudia Pérez Forniés ha publicado una orden con instrucciones para regular el uso de los dispositivos móviles en Aragón
La consejera de Educación, Ciencia y Universidades de Aragón, Claudia Pérez Forniés, ha publicado este martes una orden con instrucciones para regular el uso de los móviles y los dispositivos electrónicos en los colegios.
Con esta medida, la consejera ha declarado que «contribuirá a una mayor atención del alumnado e impulsará las relaciones interpersonales durante la jornada escolar».
Con esta orden, Aragón será una de las comunidades autónomas más, como Madrid, en sumarse a las restricciones de uso de los móviles en menores dentro de los colegios. La noticia se publica solo dos días después de conocer los informes Pisa con «lamentables resultados en matemáticas, ciencia y lectura, que analiza, y que dejan al descubierto un sistema nefasto», expresó Pérez Forniés.
La instrucción publicada «marca el camino» ha asegurado para el debate más sosegado que se quiere llevar adelante en el seno del Consejo Escolar de Aragón con toda la comunidad educativa para alcanzar el mayor consenso posible de cara a una normativa que regule más exhaustivamente el uso de dichos dispositivos móviles.
La instrucción recoge, en ocho puntos, la norma referida a los dispositivos en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma.
En este sentido, y aunque el abuso de la tecnología es un problema que excede las aulas, la consejera se ha mostrado partidaria, además de crear espacios libres de móviles, de «educar desde los colegios para avanzar hacia en un uso responsable» en Aragón.
1.ª Instrucción sobre los móviles en los colegios en Aragón
Según se ha publicado en la orden, el uso de los móviles y demás dispositivos «queda limitado durante la jornada escolar». Esto incluye «todos los periodos lectivos, los tiempos de recreo y los periodos contemplados como actividades complementarias y extraescolares».
Salvo con una excepción. Aquellos en los que el uso del dispositivo esté «expresamente previsto en el Proyecto Educativo», pero solo en «momentos puntuales y con fines exclusivamente didácticos y criterios pedagógicos debidamente justiciados».
Segunda y tercera instrucción
Esta instrucción no será aplicable para aquellos alumnos que lo requieran por «circunstancias necesarias y excepcionales, debidamente acreditadas». Para ello, los representantes legales del alumno deberán de justificarlo.
Esta limitación quedará recogida en los Proyectos Educativos de Centro (PEC) de todos los centros educativos.
Cuarta instrucción
En caso de tener que retirar el teléfono móvil o dispositivos electrónicos al alumno, la orden recoge que se procederá por dos miembros del equipo directivo del centro, y los que además solicitarán que proceda a apagar el dispositivo.
Por otro lado, el dispositivo retirado será «depositado en el despacho de la dirección del centro que procederá a su custodia hasta que sea devuelto a los representantes legales del alumnado afectado».
Quinta instrucción
Además, la orden contempla la oferta de programas formativos específicos dirigidos a los docentes y equipos directivos, con el fin de diseñar jornadas dirigidas a su vez a las familias sobre «uso seguro y responsable de internet, dispositivos móviles y redes sociales».
Sexta y séptima instrucciones
La orden advierte que será la Inspección Educativa la encargada de supervisar la adaptación de las normas, y que estas instrucciones deberán contextualizarse o adaptarse a cada uno de los centros educativos.
Móviles no solo en colegios de Aragón
Al respecto de los centros docentes no universitarios que impartan enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior, de Régimen Especial o de Adultos, la octava instrucción recoge que podrán adaptarse estas instrucciones, «en los periodos no lectivos durante la jornada escolar».
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