Suspendido el ingreso en prisión de un ex alto cargo andaluz del PSOE por la reforma penal de Sánchez
Prisión «inmediata» para el ex alto cargo socialista Pérez-Sauquillo por prevaricación y malversación
Tres años de cárcel para un alto cargo del PSOE por prestar dinero público para las aceitunas «eróticas»
La Junta sobre la reforma de la malversación: «¿Llevarse dinero para puticlubs y cocaína no es delito?»
La reforma legislativa del delito de malversación impulsada por el Gobierno de Sánchez, traje hecho a medida para José Antonio Griñán y Oriol Junqueras, comienza a dar sus frutos. La Audiencia de Sevilla ha suspendido el ingreso en prisión del ex presidente de la empresa de capital de riesgo Invercaria de la Junta socialista de Andalucía Tomás Pérez-Sauquillo.
La decisión llega después de que el Tribunal Supremo confirmara la sentencia de tres años y medio de prisión por prevaricación en concurso con malversación luego de un préstamo arbitrario de 100.000 euros a la empresa Aceitunas Tatis para lanzar una «línea de aceitunas eróticas» en Andalucía. La Audiencia de Sevilla ha suspendido su requerimiento para que entrase en la cárcel mientras se tramita su reclamación de suspensión extraordinaria de su pena privativa de libertad por su estado de salud. Pérez-Sauquillo suma otras tres condenas, que junto a la ya citada suman un total de casi doce años de prisión.
Así figura en auto emitido el pasado 2 de mayo por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla y difundido por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que aborda un recurso de súplica del ex presidente de Invercaria contra el auto emitido en enero por dicha instancia, ordenando su «inmediato ingreso voluntario en prisión» para cumplir la citada pena de cárcel, una vez que el Supremo había ratificado su condena a tres años y medio por el préstamo arbitrario de Invercaria a la empresa Aceitunas Tatis.
Según el Supremo, Pérez-Sauquillo «decidió dar un préstamo a Aceitunas Tatis sin comprobar mínimamente su situación económica y contable, la viabilidad para acometer un proyecto o proyectos acordes con la finalidad del préstamo que se concedía, y si el dinero recibido por Aceitunas Tatis había sido invertido en algún proyecto de interés público».
Las condenas a Sauquillo
Cabe recordar que Pérez-Sauquillo ha sido condenado además a dos años y tres meses de prisión por los gastos propios de personal de Invercaria, a tres años de cárcel por el préstamo participativo de 300.000 euros concedido a la empresa jiennense Fumapa y a la misma pena por las ayudas por 1,5 millones concedidas por Invercaria a la sociedad Cedes Electria. No obstante, su condena por el préstamo a la empresa Tatis ha sido la primera y de momento única en ser ratificada por el Supremo.
Este pasado lunes, la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla suspendía finalmente el juicio que tenía previsto iniciar sobre otra de las piezas separadas de la macrocausa relativa a las irregularidades de la empresa de capital de riesgo Invercaria, en este caso por los préstamos participativos concedidos a la empresa de Mancha Real (Jaén) Electronics Devices Manufacture (EDM), por valor de 1,18 millones de euros, por la «imposibilidad de asistencia» de Pérez-Sauquillo, principal acusado en la causa, al estar ingresado en un centro hospitalario.
Al respecto, la Sección Primera de la Audiencia precisa en su nuevo auto que en su recurso de súplica, la defensa del ex presidente de Invercaria pedía suspender su pena de cárcel «por el extraordinario grave estado de salud» de Pérez-Sauquillo, merced al artículo 80.4 del Código Penal, que regula «la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables».
Reforma de la malversación
Adicionalmente, pedía la suspensión de la pena de prisión en base al recurso de amparo elevado al Tribunal Constitucional contra su condena y señalaba la «obligada revisión de oficio» de la sentencia condenatoria para su «adaptación» a la nueva regulación del delito de malversación en el Código Penal. También pedía la suspensión de la responsabilidad civil impuesta.
A tal efecto, el tribunal precisa que la defensa del ex presidente de Invercaria «aporta informes médicos sobre las dolencias que le aquejan (…), pues nuevamente ha sido ingresado en un hospital con intención de ser intervenido a finales de abril».
Tras analizar el recurso de súplica contra el auto de «inmediato ingreso voluntario en prisión», la Sección Primera de la Audiencia ha estimado parcialmente el mismo, en el sentido de suspender su entrada en la cárcel hasta tanto que «se tramite la revisión de la sentencia solicitada» por la reforma del delito de malversación, y mientras se tramita y resuelve su petición de suspensión extraordinaria de la pena de cárcel a cuenta de su estado de salud.
A tal efecto, el tribunal acuerda dar traslado a la Fiscalía y las acusaciones para que en un plazo de diez días «emitan el correspondiente informe sobre la revisión de la sentencia sobre la aplicación de la norma más favorable respecto del delito de malversación».
Respecto a su estado de salud, el tribunal solicita un informe forense y del servicio médico del centro penitenciario de Sevilla sobre «si a la vista de la documentación médica aportada, el penado puede seguir siendo tratado médicamente en el centro penitenciario».
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