Sociedad
DGT

La temible multa de la DGT a la que te puedes enfrentar si vas en patinete eléctrico o bicicleta

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Según datos de la Federación Española de Vehículos de Movilidad personal (FEVEMP), en la actualidad hay alrededor de 700.000 patinetes eléctricos en España. Se han convertido en el medio de transporte favorito de muchas personas para desplazarse por la ciudad por su comodidad. Ahora bien, del mismo modo que ocurre al ir en bicicleta, desplazarse en patinete eléctrico también implica cumplir una serie de normas de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Así es la temible multa de la DGT

Cada cierto tiempo, la DGT recuerda cuáles son las infracciones más comunes entre los conductores de estos vehículos, como por ejemplo circular por la acera, llevar auriculares o utilizar el teléfono móvil. Estas acciones conllevan una multa de 200 euros. La sanción más grave es para los conductores que circulen bajo los efectos del alcohol y las drogas, la cual oscila entre los 500 y los 1.000 euros.

Esta semana, el organismo, a través de su perfil de Twitter, ha recordado algo que a muchos se les olvida: el patinete eléctrico y la bicicleta únicamente están autorizados para transportar a una persona. Por lo tanto, la circulación de dos personas es sancionable con 100 euros.  En el caso de las bicicletas, únicamente pueden estar equipadas con un asiento o sillín adicional si cuentan con sistema de autoequilibrado.

El artículo 9.1 del Reglamento General de Circulación especifica lo siguiente: «El número de personas transportadas en un vehículo no podrá ser superior al de las plazas que tenga autorizadas, que, en los de servicio público y en los autobuses, deberá estar señalado en placas colocadas en su interior, sin que, en ningún caso, pueda sobrepasarse, entre viajeros y equipaje, la masa máxima autorizada para el vehículo».