La temible multa de la DGT a la que te puedes enfrentar si vas en patinete eléctrico o bicicleta
La DGT te puede poner una surrealista multa por esto que hacen muchos
Atención: la DGT anuncia una revolución y ya no multará por todo esto
No podrás dar marcha atrás: la DGT se pone seria y te multará
Según datos de la Federación Española de Vehículos de Movilidad personal (FEVEMP), en la actualidad hay alrededor de 700.000 patinetes eléctricos en España. Se han convertido en el medio de transporte favorito de muchas personas para desplazarse por la ciudad por su comodidad. Ahora bien, del mismo modo que ocurre al ir en bicicleta, desplazarse en patinete eléctrico también implica cumplir una serie de normas de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Así es la temible multa de la DGT
Cada cierto tiempo, la DGT recuerda cuáles son las infracciones más comunes entre los conductores de estos vehículos, como por ejemplo circular por la acera, llevar auriculares o utilizar el teléfono móvil. Estas acciones conllevan una multa de 200 euros. La sanción más grave es para los conductores que circulen bajo los efectos del alcohol y las drogas, la cual oscila entre los 500 y los 1.000 euros.
Esta semana, el organismo, a través de su perfil de Twitter, ha recordado algo que a muchos se les olvida: el patinete eléctrico y la bicicleta únicamente están autorizados para transportar a una persona. Por lo tanto, la circulación de dos personas es sancionable con 100 euros. En el caso de las bicicletas, únicamente pueden estar equipadas con un asiento o sillín adicional si cuentan con sistema de autoequilibrado.
El artículo 9.1 del Reglamento General de Circulación especifica lo siguiente: «El número de personas transportadas en un vehículo no podrá ser superior al de las plazas que tenga autorizadas, que, en los de servicio público y en los autobuses, deberá estar señalado en placas colocadas en su interior, sin que, en ningún caso, pueda sobrepasarse, entre viajeros y equipaje, la masa máxima autorizada para el vehículo».
Los #VMP y demás vehículos ligeros propulsados eléctricamente solo autorizan para transportar a una persona, por lo que la circulación de 2 personas en #VMP es sancionable con 100 € de multa (artículo 9.1 del R. G. de Circulación).
👉https://t.co/uTpW3RcjEo#CeroRiesgos pic.twitter.com/sHppCBHvL2
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) March 20, 2023
Normas básicas para circular con el patinete eléctrico
Los vehículos de movilidad personal (VMP) no pueden circular por las aceras y tienen prohibida la circulación en túneles urbanos, autopistas, autovías, travesías y vías interurbanas.
Los conductores están sometidos a las mismas tasas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir bajo los efectos de las drogas. Tampoco pueden hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo, o llevar auriculares puestos mientras van conduciendo.
Además, la normativa en vigor exige que el patinete cuente con: sistema de frenado, timbre y luces traseras y delanteras. Aunque no es obligatorio sí es muy recomendable el uso del casco y tener un seguro de Responsabilidad Civil.
El tienes un patinete eléctrico, presta mucha atención a las normas de la DGT, tanto para evitar una multa como para velar por tu seguridad y la del resto de usuarios de la vía.
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