Casos en los que la mascarilla no es obligatoria en cada comunidad autónoma
En prácticamente todas las comunidades autónomas el uso de la mascarilla es obligatorio
Ante el incremento de brotes de coronavirus en las últimas semanas, prácticamente todas las comunidades autónomas han impuesto el uso obligatorio de la mascarilla, aunque se pueda mantener la distancia de seguridad. Ahora bien, hay una serie de supuestos en los que no hay obligación de llevarla.
Andalucía
El Gobierno andaluz establece que las personas con enfermedades respiratorias o falta de autonomía no tienen por qué utilizar la mascarilla. Su uso tampoco es obligatorio durante el baño en la playa o en la piscina, así como cuando se está tomando el sol. Lo mismo cuando se practica deporte individual al aire libre.
País Vasco
En el País Vasco el uso de la mascarilla no es exigible en playas y piscinas, aunque sí en los paseos y desplazamientos. En los bares y restaurantes sólo se puede prescindir de ella en el momento de beber o comer.
Aragón
En Aragón no tienen que utilizar la mascarilla quienes tengan alguna dificultad respiratoria o situación de discapacidad. Tampoco quienes practiquen deportes individuales al aire libre.
Galicia
En Galicia no hay que utilizar la mascarilla en playas y piscinas en el momento del baño o mientras se está tomando el sol. Tampoco mientras se hace ejercicio al aire libre de manera individual.
La Rioja
En La Rioja se contemplan dos supuestos para no llevar mascarilla: el baño en piscinas y lugares habilitados, y la práctica deportiva.
Murcia
En líneas generales, en Murcia el uso de la mascarilla no es obligatorio en playas y piscinas, así como durante el consumo de bebidas y alimentos.
Cantabria
En Cantabria se recomienda su uso en reuniones privadas de personas que no forman parte de la misma unidad familiar. Tampoco es obligatoria durante la práctica de deporte de forma individual.
Extremadura
En Extremadura los trabajadores de la construcción y de la agricultura están exentos de llevar la mascarilla. Por lo demás, las excepciones son las mismas que en el resto de comunidades: enfermedades o práctica de deporte individual.
Cataluña
En Cataluña la mascarilla no es obligatoria una vez se esté en la playa, pero sí en los desplazamientos. En los bares y restaurantes no se exige su uso, excepto para ir al baño o a pedir a la barra.
Asturias
En el Boletín Oficial del Principado de Asturias se establece que la mascarilla no debe utilizarse de forma forzosa en las zonas rurales si no hay aglomeración de personas. Tampoco se exige a la hora de practicar ejercicio individual al aire libre, y a las personas que por cuestiones médicas no pueden hacer uso de este elemento.
Baleares
En Baleares la mascarilla no es obligatoria en los paseos marítimos si se puede respetar la distancia de seguridad de 1,5 metros. Tampoco es necesaria en las playas y en las piscinas, así como en los bares y restaurantes, y en los centros de trabajo.
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