Opinión

Hay que endurecer la ley siguiendo la doctrina del Supremo

El Tribunal Supremo ha establecido un necesario precedente a la hora de acotar la libertad de expresión en la redes sociales. Una problemática de máxima actualidad tras los intolerables mensajes acaecidos después de la muerte del torero Víctor Barrio. El alto tribunal ha condenado por primera vez con un año de cárcel a una mujer por enaltecer a ETA y burlarse de víctimas del terrorismo como Miguel Ángel Blanco o Irene Villa. A partir de ahora, el odio en las distintas plataformas —Twitter en este particular— no volverá a salir gratis a todos aquéllos que las utilizan para insultar, menospreciar y humillar a otras personas y a sus familiares.

Los delitos de odio están tipificados en el artículo 510 del Código Penal y castigados con penas que oscilan entre uno y cuatro años de cárcel. A partir de este precedente, la ley ha de endurecerse —también en redes sociales— para aquéllos que tratan de hacer de la vida de los demás una constante tortura psicológica. La sentencia de la Sala de lo Penal aparece en un contexto de máxima sensibilidad tras la cascada de infamias publicadas a raíz del fallecimiento del diestro segoviano. El próximo Gobierno, con el apoyo sin fisuras del resto de fuerzas políticas, debe perseverar en un entramado legal que refuerce la dignidad individual de todos los españoles, especialmente en estos nuevos entornos donde aún quedan vacíos legales por donde puede colarse el delito.

Si las redes sociales son un espacio más de nuestra existencia, tendrán que ser legisladas de un modo óptimo para garantizar los mismos derechos y deberes que en cualquier otro ámbito de la realidad. A buen seguro, esta decisión del alto tribunal marcará la línea de actuación en otros casos como los protagonizados por el concejal de Ahora Madrid, Guillermo Zapata, o el del cantante podemita César Strawberry, ambos acusados de enaltecimiento del terrorismo. Como ha explicado el propio Tribunal Supremo, «no se penaliza el chiste fácil o de mal gusto, sino la humillación de personas con nombre y apellido». La xenofobia, las humillaciones o cualquiera de las muchas aristas asociadas al odio han de ser penalizadas de manera inapelable. El Supremo hace bien en proteger dos de los mayores patrimonios que poseemos las personas: la dignidad y el respeto.

La libertad de expresión es sagrada. El totalitarismo y el sobreexceso verbal, no.