Así son las medidas de la nueva normalidad en Galicia
Los gallegos serán los primeros en disfrutar de la nueva normalidad
El próximo lunes, 16 de junio, Galicia llega a la nueva normalidad, poniendo así fin a su proceso de desescalada con éxito. Te contamos cuáles son las medidas de la nueva normalidad en Galicia, ya que esta situación no elimina todas las restricciones, aunque sí da prácticamente todas las libertades.
El fin del estado de alarma será el 21 de junio, fecha en la que todo el territorio español alcance la nueva normalidad, aunque las comunidades autónomas seguirán implantando algunas medidas para evitar contagios y que no llegue el temido rebrote.
¿Cuáles son las medidas de la nueva normalidad en Galicia?
- Distancia: la distancia de seguridad de 1,5 metros se seguirá manteniendo prácticamente para todo, siempre que sea posible, por ejemplo en hoteles, comercios, centros comerciales, parques o simplemente caminando por la calle.
- Mascarilla: su uso seguirá siendo obligatorio en transporte público y en cualquier espacio público abierto, además de espacios cerrados en los que no se pueda garantizar la distancia de seguridad en todo momento (supermercados, tiendas, etc.)
- Hostelería: bares y restaurantes no podrán, de momento, superar el 75% del aforo en el interior del local, mientras que en las terrazas será del 80%. No estará permitido que haya grupos superiores a 25 personas en una mesa o grupo de mesas, ni dentro ni fuera de los establecimientos.
- Discotecas: al igual que los bares de copas, pueden abrir si tienen terraza o ponen servicio de mesa en su interior, sin habilitar las pistas de baile. El uso total de la discoteca como estamos acostumbrados será a partir del 1 de julio.
- Instalaciones deportivas: pueden disfrutarse al aire libre sin contacto físico con otras personas en el caso de deportes no federados, con un máximo de 25 personas. Las competiciones se podrán realizar con público siempre que esté sentado y no se supere el 75% del aforo, con un límite de 300 personas en recintos cerrados y 1.000 al aire libre.
- Piscinas: sea para uso recreativo o deportivo, su aforo estará limitado al 75%.
- Comercios: en esta medida entran también tiendas y centros comerciales, en todos los casos con un aforo del 75% en su interior que será de únicamente el 50% en el caso de zonas comunes. Los trabajadores deben llevar mascarilla. La restricción de aforo no es aplicable en lavanderías, farmacias, tiendas de alimentación, comercio telefónico, prensa y papelería, tintorerías o combustible, aunque en todos ellos deben garantizarse las medidas de higiene y prevención.
- Eventos: los velatorios podrán tener un máximo de 70 personas al aire libre y 30 en espacios cerrados, mientras que los entierros contará con un límite de 75 personas. En cuanto a lugares de culto, el aforo está limitado al 75% de su capacidad y es obligatorio del uso de mascarilla al entrar y salir, así como en las zonas comunes. Para las bodas, bautizos y comuniones, se limitará al 75% del aforo del establecimiento en el que se vaya a celebrar, con un máximo de 250 personas al aire libre y 150 en espacios cerrados.
- Hoteles: cualquier alojamiento turístico debe limitar sus actividades de animación a grupos máximos de 25 personas, y las zonas comunes no pueden superar el 75% de su aforo. Los albergues, que tienen características especiales, no pueden pasar del 50%.
- Cines y teatros: además de también espectáculos culturales de cualquier tipo, tendrán aforo limitado al 75% sin superar las 300 personas en recintos cerrados y las 1.000 al aire libre. Es recomendable la venta online para evitar aglomeraciones en taquilla.
- Playas: es uno de los principales puntos de masificación, tal y como se está viendo en casi todas las costas españolas donde se permite su uso. Se debe guardar una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros con las personas ajenas a tu grupo.
- Actividades infantiles: se podrán realizar campamentos con un aforo del 75% que no supere las 250 personas si es al aire libre, dejándolo al 50% sin superar los 150 niños si fuera en espacios cerrados. Los parques acuáticos, de atracciones y zoos podrán abrir con un aforo del 66%, pero las atracciones estarán limitadas al 50% de su capacidad.
- Parques infantiles: podrán reabrir pero deberá respetarse el aforo de una persona por cada cuatro metros cuadrados.
- Transporte: ya operará al 100% de su capacidad y será obligatorio el uso de mascarillas en el público, y también en el privado cuando los ocupantes no convivan en el mismo domicilio.
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