El TS se indigna con Montoro: «Erosiona la credibilidad de la justicia española frente a Alemania»
Llarena reta a Montoro a que pruebe que no hubo malversación el 1-O
El Supremo rebate los argumentos de Alemania y ratifica los indicios de rebelión contra Puigdemont
Rull cita las declaraciones de Montoro para mantener que no hubo malversación de fondos públicos
Junqueras en el Supremo: “No se ha dedicado un sólo euro del presupuesto al proceso”
El Tribunal Supremo ha recibido con indignación las declaraciones del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en las que aseguraba que no se había destinado dinero público para el proceso independentista catalán. Según las fuentes consultadas por OKDIARIO, en el Alto Tribunal consideran que sus palabras «erosionan la credibilidad y la fiabilidad de la justicia española frente a Alemania».
En una entrevista publicada este lunes en El Mundo, Montoro indicaba que no sabía “con qué dinero se pagaron esas urnas de los chinos del 1 de octubre, ni la manutención de Puigdemont. Pero sé que no con dinero público”.
Estas mismas fuentes sostienen que las palabras de Montoro «no son correctas» ya que el caso se encuentra «en fase de investigación». En la actualidad, el Supremo está a la espera de que la justicia germana responda sobre la Orden Europea de Detención y Entrega OEDE contra el expresidente catalán Carles Puigdemont por el delito de malversación. «El proceso penal no necesita la ayuda de Montoro para construir un argumento inculpatorio y para realizar las pesquisas» añaden.
El propio Llarena requería al ministro de Hacienda este miércoles que le informe «a la mayor brevedad posible» sobre el soporte objetivo concreto de sus declaraciones en las que supuestamente expresó tener certeza de la ausencia de gasto público en la organización de la votación del 1-O en Cataluña. Según el magistrado, la afirmación de Montoro “contradice las fuentes de prueba que figuran en la instrucción de la causa”.
El tribunal alemán de Schleswig-
Las palabras del titular de Hacienda eran empleadas el mismo lunes por el exvicepresidente catalán, Oriol Junqueras, cuando el magistrado del Tribunal Supremo le comunicó su procesamiento por rebelión y malversación. Junqueras aseguró al juez que «no se ha dedicado un sólo euro del presupuesto al proceso”.
La misma argumentación era aprovechada por los exconsellers Josep Rull y Jordi Turull que recordaban las declaraciones de Montoro para afirmar que no existió malversación de fondos públicos en el proceso independentista catalán.
Por su parte, la acusación popular que ejerce VOX ha afirmado que cuando se acredite la malversación de fondos públicos en el proceso independentista, Montoro «tendrá que dimitir».
El Supremo rebate a la justicia alemana
Mientras tanto, la Sala Segunda del Tribunal Supremo dictado este martes un auto en el que ratificaba la existencia de indicios de delito de rebelión en las personas que dirigieron el ‘procés’ de Cataluña entre los años 2015 y 2017, y rebatía los argumentos del tribunal alemán que está estudiando la euroorden dictada contra Carles Puigdemont.
Los magistrados estiman que “no es razonable, como hacen (los jueces alemanes), comparar el proceso secesionista dentro de un país de la Unión Europea con las revueltas organizadas contra la ampliación del aeropuerto de Francfourt”.
“En nuestro caso no se trataba de ampliar o no una de las pistas del aeropuerto de El Prat de Llobregat, y que ello generara la protesta de miles de manifestantes para impedirlo. Lo que aquí realmente sucedía era que después de más de dos años dedicados a laminar el ordenamiento jurídico estatal y autonómico, y de oponerse frontalmente al cumplimiento de sentencias básicas del Tribunal Constitucional, se culminaba el proceso secesionista dentro de un país de la Unión Europea, con una democracia asentada, poniendo las masas en la calle para que votaran en un referéndum inconstitucional oponiéndose a la fuerza legítima del Estado que protegía unos supuestos colegios electorales”, añadía el auto.
La Sala analizaba la naturaleza del delito de rebelión, que está regulado en los Delitos contra la Constitución, y afirmaba que “en este caso parece que, cuando menos indiciariamente, se ha atacado la soberanía nacional y la unidad territorial de la Nación española (artículos 1 y 2 de Constitución”.
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