El Supremo resolverá en bloque todos los recursos contra la exhumación de Franco
El Alto Tribunal admite las medidas cautelares solicitadas por la Fundación Francisco Franco, contra la exhumación, y rechaza la petición de la Abogacía del Estado de expulsarla del procedimiento.
El Tribunal Supremo ha resuelto este miércoles la paralización provisional de la exhumación de los restos del dictador, del Valle de los Caídos, planteada por la Fundación Francisco Franco y resolverá todos los recursos en bloque, tal y como avanzaba OKDIARIO el pasado mes de marzo.
Tras esta decisión, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, fuentes próximas a la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo confirman a este diario que la intención de los magistrados es deliberar sobre el fondo del asunto de manera conjunta. De forma que la sentencia definitiva será una resolución única para todas las partes personadas en el procedimiento: los nietos del dictador, la Fundación y la Abadía benedictina.
El Supremo resuelve en positivo la medida cautelar que solicitaba la Fundación Francisco Franco y -como ya hizo en el caso de la familia la pasada semana- confirma la suspensión de la «ejecutividad de los acuerdos del Consejo de Ministros» que fueron impugnados por la asociación ante el Alto Tribunal.
El Tribunal Supremo entiende la necesidad de un procedimiento único para resolver sobre los cuatro recursos interpuestos en contra la exhumación de los restos de Franco del Valle de los Caídos.
Fuentes judiciales confirman a OKDIARIO que la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, competente para conocer de los mismos, estudia ya las alegaciones de los nietos del dictador, el prior de la Abadía benedictina, la Fundación Franco y la Asociación para la Defensa del Valle con el objetivo de dar una respuesta ágil que, previsiblemente, se producirá antes de finales de año.
La propia doctrina del Alto Tribunal establece la idoneidad de una tramitación conjunta para las acciones judiciales que se ejerciten de forma individual pero sobre cuestiones idénticas, como es el caso. De esta forma, se evitará que las decisiones que adopte el Supremo para atender el derecho a la tutela judicial efectiva y los «intereses públicos» en conflicto, sean resuelvan de modo diferente discrepancias análogas.
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