El Supremo rebaja la inhabilitación de Artur Mas por el 9-N y la equipara con la de Homs
El Tribunal Supremo ha rebajado a un año y un mes la condena de inhabilitación del expresidente de la Generalitat de Cataluña Artur Mas, por la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014, declarada inconstitucional, la víspera de la vista previa al juicio contra los líderes del «procés».
Mas fue sentenciado a dos años de inhabilitación por un delito de desobediencia por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y con esta rebaja el Supremo equipara su condena a la del exconseller Francesc Homs, quien fue juzgado en el alto tribunal por los mismos hechos, han informado fuentes del alto tribunal.
La Sala II del Supremo también rebaja la condena a la exvicepresidenta Joana Ortega a nueve meses y a la exconsellera Irene Rigau a seis meses, sentenciadas por el alto tribunal catalán a un año y nueve meses, y un año y seis meses respectivamente.
Lo que no toca el Supremo es la multa, por lo que confirma los 36.000 euros a Mas, los 30.000 a Ortega y los 24.000 a Rigau.
El Supremo resuelve así los recursos de casación de los condenados contra la sentencia del TSJC por desobediencia, un día antes de que se celebre la vista pública en la que estudiará si es o no competente para juzgar al exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y a los otros 17 acusados en la causa del ‘procés’, en lo que será el último paso antes de encarar el juicio el próximo año.
En sus escritos ante el Supremo, Mas, Rigau y Ortega invocaron sus derechos constitucionales a la participación y a la libertad ideológica y de expresión en busca de su absolución.
Alegaron que sus condenas vulneraron hasta cinco preceptos constitucionales y que el TSJC erró en la valoración de algunas pruebas, no practicó una serie de diligencias solicitadas en tiempo y forma e incurrió en una serie de contradicciones.
Ya en la vista del pasado 7 de noviembre, el abogado de Artur Mas defendió que la intervención del expresidente catalán en el 9N no fue igual que la de Francesc Homs -ya condenado por esta consulta- y pidió que le absolviera para demostrar que actúa de forma «ecuánime» sin importar quién sea el imputado.
El abogado del expresidente catalán admitió que su defendido dudó y no fue el único: «La duda del señor Mas en aquellos días iba acompañada de las dudas de toda una serie de operadores de la máxima cualificación jurídica en la comunidad autónoma de Cataluña».
Y subrayó que su caso «no es el mismo que el de Homs» dado que el exconseller de Presidencia hizo «actos ejecutivos» que demuestran que se implicó «de propia mano en el no acatamiento de la providencia del TC» en la que suspendía la consulta.
Frente al argumento del abogado de Mas, Xavier Melero, de que el Tribunal Constitucional (TC) no les apercibió expresamente de que estaban incumpliendo la ley al mantener la consulta, el fiscal Jaime Moreno aseguró que los tres sabían «perfectamente» que «aquello que habían convocado era una actuación inconstitucional».
«Lo que es formalista es pretender venir a señalar que porque no se hizo un apercibimiento no se puede incurrir en una responsabilidad penal», sostuvo el fiscal.
Por ello, Moreno, uno de los fiscales del caso del ‘procés’, pidió a la Sala que confirmara las condenas dado que los acusados hicieron una serie de actos «activos y necesarios» para mantener la votación, pese a que el TC ya la había suspendido cautelarmente.
No solo no paralizaron la convocatoria, dijo el fiscal, sino que «se decidió mantenerla e impulsarla» en un «desafío a la legalidad», aún siendo conscientes de la «absoluta, constante y uniforme doctrina del Tribunal Constitucional».
Y apuntó directamente a Mas que, «en un alarde ante la prensa», dijo: «Si la Fiscalía quiere conocer quién es el responsable, que me miren a mí, soy yo y mi gobierno».
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