El reglamento permite a Torrent aplazar ‘sine die’ la investidura
El reglamento del Parlament permite aplazar la sesión de investidura de forma indefinida, si así lo considera la Mesa, de mayoría independentista.
La posibilidad de retrasar la investidura-como adelantó este lunes OKDIARIO-está recogida en el artículo 103 del reglamento: «La Mesa del Parlamento puede acordar la prórroga de los plazos establecidos por el presente reglamento. Salvo casos excepcionales, las prórrogas no deben exceder de un tiempo igual al fijado», dice el texto.
Lo más probable es que Torrent convoque de nuevo el pleno una vez el Tribunal Constitucional resuelva sobre el recurso presentado por el Gobierno, en el que pide la suspensión de la sesión de investidura. No obstante, la ambigüedad del redactado otorga de nuevo un resquicio a los secesionistas, que pueden considerar que el caso es ciertamente «excepcional» como para acordar una prórroga superior.
El alto tribunal decidió el sábado dejar en suspenso su decisión, y dio un plazo de diez días para que las partes presenten alegaciones. Torrent ya ha ordenado a los servicios jurídicos del Parlament que presenten sus alegaciones para una reelección «con garantías» de Puigdemont. El expresidente catalán también las ha anunciado.
No es probable que, tras ese plazo, el Constitucional tarde mucho en pronunciarse sobre la admisión del recurso. Si se admite, la sesión quedaría suspendida de forma inmediata. De todas formas, el tribunal ya advirtió de la imposibilidad de una investidura a distancia, bien sea por la vía telemática o mediante la lectura delegada en otro diputado. Esa medida cautelar implica, por tanto, que Puigdemont tendría que venir a España para su investidura, y sería detenido de inmediato. Entonces, corresponde al juez del Supremo, Pablo Llarena, decidir si le permite asistir a la investidura, algo que no parece probable. Llarena ya prohibió este lunes a Oriol Junqueras y Jordi Sánchez participar en la sesión, y Puigdemont ha retado al Supremo alegando que no necesita permiso para ser investido.
Investidura fallida
La duda es si, tras este aplazamiento, el plazo de dos meses hasta la disolución del Parlament y, en consecuencia, la convocatoria de elecciones, empieza a correr.
A este respecto, existen discrepancias jurídicas. No obstante, la Ley de Gobierno de Cataluña lo señala de forma clara: «Si transcurridos dos meses desde la primera votación de investidura no ha sido elegido ningún candidato o candidata, la legislatura queda disuelta automáticamente y el presidente o presidenta de la Generalidad en funciones convoca elecciones de forma inmediata, que deben tener lugar entre cuarenta y sesenta días después de la convocatoria». Eso implica, por tanto, que deba producirse una votación de investidura fallida.
Pese al aplazamiento, Torrent insiste en que Puigdemont sigue siendo el candidato y que no propondrá a otro: «Ni Soraya Sáenz de Santamaría ni el Tribunal Constitucional decidirán quién tiene que ser el presidente de la Generalitat. Me he comprometido a garantizar la inmunidad de Puigdemont e iré hasta el final», ha prometido. La intención, dijo, es convocar la sesión «una vez se pueda asegurar una investidura efectiva y con garantías».
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