El PNV cuela el «derecho a decidir» en la reforma de la Constitución para dar un senador propio a Formentera
Los nacionalistas vascos pretenden también eliminar el artículo 155 y limitar la inviolabilidad del Rey
El PNV ha colado una enmienda que blindaría «el derecho a decidir» del País Vasco gracias a una reforma de la Constitución que está planteando dar un senador a las islas de Formentera e Ibiza.
«La plena realización de los derechos históricos del pueblo vasco, como manifestación institucional de su autogobierno, se exterioriza a través del derecho a decidir de su ciudadanía, libre y democráticamente representada, siendo su ejercicio pactado con el Estado», reza una de las enmiendas presentadas.
Junto a esta, han registrado otras 10 enmiendas a la Carta Magna. Entre ellas, el partido liderado por Aitor Esteban pretende suprimir el artículo 155 y limitar la inviolabilidad del monarca.
La estrategia del PNV no es nueva. Hace unos meses, cuando el Parlamento pactó la reforma del artículo 49 para suprimir la palabra «disminuido».
La Constitución: un melón que el Congreso pocas veces abre
La reforma de la Constitución se ha abordado en contadas ocasiones por la amenaza de los nacionalistas e independentistas de incluir enmiendas que puedan poner en riesgo la unidad del Estado o el papel de la Monarquía.
A pesar de todo, la Carta Magna cuenta con mecanismos de protección por los que su reforma necesita no solo la mayoría absoluta de diputados, sino que para acometer cualquier reforma ordinaria son necesarios 210 diputados y dos tercios (223 diputados) para modificar títulos concretos de la Constitución, lo que se conoce como reformas agravadas.
Antes de la última reforma de 2024, en 2011, en plena crisis económica, España modificó el artículo 135 para añadir el principio de estabilidad presupuestaria, con el objetivo de introducir el principio de estabilidad presupuestaria y limitar el déficit público.
En 1992 se llevó a cabo el primer cambio de la Carta Magna, a raíz de la entrada de España en la Unión Europea, se modificó el artículo 13.2 para permitir el sufragio pasivo (ser elegido) a ciudadanos de la Unión Europea en elecciones municipales, tras el Tratado de Maastricht.
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