España
Investidura

El plan de Junts y ERC exige la amnistía total del golpe del 1-O «en dos meses»

  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

A la espera de que se concrete la propuesta para la ley de amnistía que los separatistas exigen a Pedro Sánchez si quiere ser investido, el plan de Junts y ERC se plasma al detalle en la iniciativa que ambos partidos -junto a la CUP- registraron en el Congreso hace dos años. Aquella proposición de ley no prosperó porque la Mesa del Congreso -con el voto del PSOE- evitó su admisión a trámite al resultar, como advirtieron los letrados, manifiestamente inconstitucional. Ese plan exige una amnistía total para las «víctimas» del 1-O y del resto de causas vinculadas al procés, desde 2013. Y pone incluso un tiempo límite para el olvido: «Dos meses».

Tal y como se recoge en el texto, «la amnistía determinará la extinción de la responsabilidad penal derivada de las penas impuestas o que pudieran imponerse con carácter principal o accesorio, así como las responsabilidades civiles de cualquier tipo exigibles en cualquier jurisdicción derivadas de tales hechos». 

La amnistía se aplicará de oficio o a instancia de parte con audiencia, en todo caso, del Ministerio Fiscal. La acción para solicitarla será pública. A continuación, se indica que «a excepción de las resoluciones de excarcelación y el levantamiento de las declaraciones de rebeldía procesal, que serán acordadas y ejecutadas inmediatamente», el resto de resoluciones «se adoptarán de oficio, con notificación inmediata a las partes interesadas, en un plazo máximo de dos meses, incluso si hubieran cesado sus efectos». «El plazo para que las partes interesadas o sus herederos soliciten las resoluciones o copias auténticas de las mismas será de cinco años». 

Amnistía a cambio de la investidura

La ley de amnistía se ha convertido en la principal moneda de cambio de los separatistas en las negociaciones para la investidura. ERC desveló la semana pasada, en el comunicado en el que anunciaba el pacto con Sánchez para la Mesa del Congreso, que entre los puntos acordados estaba precisamente esa ley, también una de las grandes reclamaciones de Carles Puigdemont. El partido remitió más tarde una versión corregida en la que ya no figuraba la medida, que atribuyó a un «error» de redacción.

No obstante, desde ERC y Junts ya han advertido a Sánchez que ésa será su «línea roja» y el equipo jurídico de Moncloa, como reveló este periódico, lleva semanas trabajando en las fórmulas para darle encaje legal. El texto está muy avanzado y el Gobierno dispone también de la argumentación para afrontar un previsible recurso ante el Tribunal Constitucional, señalando que se trata de una «competencia» de la «soberanía popular».

Los dos partidos separatistas, Junts y ERC, ya dejaron claras sus pretensiones en el texto de 2021, en el que se diseña una amnistía que afectaría a «todos los actos de intencionalidad política» desde el 1 de enero de 2013, «cualquiera que sea su resultado» y tanto si están «tipificados como delitos o como conductas administrativamente punibles».

Los independentistas plasman en esta propuesta que «se entenderá por intencionalidad política cualquier hecho vinculado a la preparación, organización, convocatoria, financiación, favor, promoción, ejecución y celebración tanto del Proceso Participativo sobre el futuro político de Catalunya del 9 de noviembre de 2014 como del referéndum de autodeterminación del 1 de octubre de 2017, así como los actos de protesta en la vía pública que, con el fin de defender las citadas consultas o criticar la actuación de las autoridades gubernamentales o jurisdiccionales, hayan sido enjuiciados penal o administrativamente desde la fecha del citado referéndum».

Se incluyen aquí, por ejemplo, «los delitos de rebelión y sedición, así como el resto de delitos contra el orden público», «delitos de prevaricación, falsedad, malversación de caudales públicos, desobediencia o revelación de secretos», «los actos de expresión y opinión llevados a cabo a través de la prensa, la imprenta, las redes sociales, las creaciones artísticas o cualquier otro medio de comunicación que hayan sido valorados como delitos de incitación al odio vinculados al conflicto político con Cataluña», así como «actos de diversa índole que han sido mediados para la realización de los actos amnistiados, cualquiera que sea su denominación y ubicación legal».

En definitiva, la amnistía que piden Junts y ERC incluye, además de las condenas a los dirigentes del procés -ya indultados- otro sinfín de delitos -principalmente por desobediencia-, como los que tuvieron lugar en las protestas y disturbios tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo o las acciones de los autodenominados Comités de Defensa de la República (CDR) y el Tsunami Democrático. Protestas que, en muchos casos, acabaron con altercados.

Sanciones

La amnistía perseguida por Junts y ERC «también dejará sin efecto los procesos constitucionales, administrativos, de extradición activa, de cooperación jurídica europea e internacional, económicos o contables y electorales, así como las investigaciones promovidas en el ámbito policial, fiscal o jurisdiccional para el mismo fin». «No podrán iniciarse procedimientos ni diligencias de ningún tipo en relación con los hechos descritos».

Además, «comportará la extinción de la responsabilidad penal derivada de las penas impuestas o que pudieran imponerse con carácter principal o accesorio, así como las responsabilidades civiles de cualquier tipo», «pondrá fin a las investigaciones y procedimientos judiciales iniciados, así como a las declaraciones de rebelión procesal, procesos de extradición, euroorden o solicitudes de suplicatorio para someter a enjuiciamiento a los responsables de las acciones u omisiones relacionadas con los hechos amnistiados».

«La amnistía también determinará la reintegración en la plenitud de sus derechos activos y pasivos a los funcionarios sancionados, así como su reingreso en los cuerpos a los que pertenezcan, si hubieran sido separados, sin derecho a percibir haberes por el tiempo en que no hubieran prestado servicio efectivo, pero con el reconocimiento de la antigüedad correspondiente y la percepción de los haberes pasivos en su caso. También significará la eliminación de antecedentes penales y notas desfavorables en los archivos personales, incluso cuando los sancionados hubieran fallecido. Se devolverán las fianzas y abonos, las sanciones o multas de carácter económico serán devueltas junto con el interés legal del dinero, así como todo tipo de embargos, limitaciones o restricciones de disposición patrimonial de las mismas o afines, a petición de los interesados».

Igualmente, «también deja sin efecto las decisiones judiciales y los actos administrativos o gubernativos que hayan ocasionado despidos, sanciones, limitaciones o suspensiones de los derechos activos o pasivos de los trabajadores empleados por cuenta ajena, restituyendo a los afectados todos los derechos que tenían en el momento de la aplicación de los mismos de no haber producido aquéllas medidas, incluidas las contribuciones a la Seguridad Social o Mutualidades Profesionales que, como situación asimilada al alta, estarían a cargo del Estado».