España

Teso, favorita de Delgado para presidir el Supremo, fracasó en su intento de que pagasen los bancos sin retroactividad

La magistrada Pilar Teso, la favorita del Gobierno para presidir el Tribunal Supremo, fracasó en su intento de imponer una decisión salomónica que, de paso, diera una salida airosa al Gobierno en esta crisis: que la banca asumiera el pago del impuesto a las hipotecas pero sin retroactividad.

Todas las opciones que se votaron en el Pleno del Tribunal Supremo sobre los impuestos hipotecarios suponían beneficiaban a la banca. La sentencia definitiva, claramente airosa, porque el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) ha quedado asignado a los compradores y no a las entidades bancarias de forma ya inamovible –a menos que haya, claro está, un cambio legislativo–.

Pero hubo una votación previa. Una en la que la propuesta planteada al Pleno del Tribunal Supremo se convertía en una solución perfectamente vendible para el Gobierno y más o menos admisible para la opinión pública. Esa vía fue la planteada por Pilar Teso, la misma magistrada que se ha convertido ya en la opción de la ministra de Justicia, Dolores Delgado, para presidir el Tribunal Supremo.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acabó votando 15 a 13 a favor de que sean los clientes quienes sigan asumiendo el pago del IAJD y no las entidades bancarias. Pero a esa votación se llegó tras tumbar por 17 a 11 una propuesta previa planteada por Luis María Díez Picazo y la magistrada favorita de Delgado, Pilar Teso: la gran defensora de este tesis salomónica.

Sin solución salomónica

Esa propuesta inicial implicaba no dar un severo golpe a la banca: se eximía a las entidades financieras del efecto retroactivo y, por lo tanto, no tenían que hacer frente al pago atrasado de este impuesto multiplicado por el volumen total de reclamaciones que hubiesen podido llegar a presentarse.
Pero esa propuesta inicial incluía también dejar una salida airosa desde el punto de vista de opinión pública a quien, más pronto o más tarde, acabará teniendo que dar explicaciones de si ha habido o no presiones al Supremo: el Gobierno. Y es que esa propuesta inicial asumía el cambio de criterio dictado por la sentencia previa de lo Contencioso-Administrativo aunque sólo con efectos a futuro. Es decir, planteaba que a partir de este momento, las pagadoras del impuesto debían ser las entidades financieras. Algo que hubiese permitido al Gobierno anotarse un tanto por el hecho de haber torcido la Justicia, al menos parcialmente, la mano a los bancos.

Pero lo cierto es que los magistrados reunidos en el Pleno del Tribunal Supremo no aceptaron la solución. Básicamente porque tenía más de política que de jurídica desde un punto de vista estrictamente técnico. Los argumentos para tumbar esa vía comida desde el punto de vista político fueron múltiples. El primero, que el Pleno consideró que la decisión de pasar el pago a los bancos rompía con 23 años de sentencias confirmatorias de la obligatoriedad de pago de los compradores de viviendas.

El segundo, que la sentencia de lo Contencioso Administrativo que decidió cargar a los bancos con el IAJD no había justificado y motivado suficientemente un cambio de criterio tan potente.

El tercero, que aceptar el paso del pago desde los clientes a los bancos podría haber originado un problema serio con respecto a las comunidades con régimen foral, porque podría haber fraccionado el mercado interior y haber derivado buena parte de las firmas de hipotecas hacia País Vasco y Navarra en caso de no ratificar el pago por la banca estos dos territorios con capacidad foral.

Y el cuarto, que el propio derecho comunitario y el Tribunal de la UE habían aceptado que el AJD lo paga el comprador de pisos.