La Orden Europea contra Puigdemont caducará si Bélgica no la resuelve en el plazo de 3 meses

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El expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont. (Foto: EFE)

La Orden Europea de Detención y Entrega, OEDE, contra Carles Puigdemont, podría caducar si el expresidente catalán consigue retrasar el plazo máximo para resolver el procedimiento de 3 meses. En este escenario, el Tribunal Constitucional español tendría que pronunciarse sobre la «validez» de la OEDE, según las fuentes jurídicas consultadas.

Hace dos semanas, la titular del Juzgado Central de Instrucción nº 3 de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela, cursaba la orden de detención internacional contra el expresidente de la Generalitat de Cataluña y los exconsejeros de Enseñanza, Clara Ponsatí; Salud, Antoni Comín; Agricultura, Meritxell Serret; y Cultura, Lluís Puig, por delitos de rebelión, sedición, malversación, prevaricación y desobediencia a la autoridad.

Los plazos máximos que fija la Justicia belga para hacer efectivas las OEDE «son de aproximadamente 3 meses»: 60 días desde la detención, prorrogables a otras 30 para la toma de decisión, mientras el plazo de ejecución de la resolución es de 10 días prorrogables por otros 10″.

De esta forma, la Orden Europea de Detención y Entrega contra Puigemont tiene un plazo de 15 días para resolver en primera instancia, 15 días para resolver en apelación y otros 15 días para una resolución en casación. Durante este proceso, las autoridades de Bélgica podrían incluso reclamar a España «ampliación de información».

El Tribunal de Justicia de la UE ya se pronunció en el año 2016 sobre la validez de las OEDE vencidos los plazos estipulados indicando que «el simple incumplimiento de los plazos, no extingue la obligación de la entrega». Ésta es la normativa marco que rige en los países europeos, no obstante, «la caducidad de las Órdenes de Entrega» queda en manos de la legislación nacional de cada país.

En España, el Tribunal Constitucional antes de la sentencia de la UE sólo se había pronunciado sobre casos en los que los investigados estaban en prisión y no en libertad como es el caso de Puigdemont. Según nuestra legislación, una vez caducaban los plazos, ya no había razón legal que justificara la permanencia en prisión del arrestado y por tanto, caducaba la OEDE.

En este contexto, cabe recordar que en la OEDE «es obligada la detención, pero no la entrega». Durante el proceso de decidir la entrega, el imputado puede estar privado de libertad o no, no obstante, en la práctica, el 80% están privados de libertad.

El TC aún no se ha pronunciado sobre la sentencia de la UE, «porque no se ha producido la ocasión». El Constitucional es el máximo intérprete en materia de derecho de la UE, por lo que debería modular su doctrina tras la sentencia europea de 2016.

Las mismas fuentes destacan que «en la mayoría de los casos, las OEDE se resuelven siempre antes del vencimiento de los plazos». El vencimiento de los plazos dependerá de la exposición que haga ante el Tribunal belga la defensa de Puigdemon encabezada por Paul Beckaert, que es especialista en esta materia.

Paul Beckaert
Paul Beckaert, el abogado de ETA y de Carles Puigdemont en Bélgica.

El expresidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont, y los ex consejeros con los que se encuentra en Bélgica quedaban en libertad este viernes hasta diciembre. El juez belga de primera instancia que examina las euroórdenes de España ha citado nuevamente a los acusados el 4 de diciembre, fecha en la que podría emitir un fallo o solicitar información adicional.

El caso de la etarra Natividad Jáuregui

El letrado de Carles Puigdemont en Bruselas, Paul Beckaert, fue el encargado de defender a terroristas de ETA que buscaron refugio en Bélgica debido a las trabas legales que existían en el país para la extradición de los terroristas a España. Una de sus últimas ‘clientas’ fue la terrorista Natividad Jáuregui, detenida en Gante tras permanecer fugada de la justicia española durante tres décadas.

Jáuregui estaba procesada en España por asesinar de un tiro en la cabeza del teniente coronel Ramón Romeo. Tras ser arrestada en Bélgica, alegó que se le había aplicado el régimen de incomunicación, presentando un informe del Comité de Prevención del Riesgo de Tortura del Consejo de Europa de 2014 donde se decía que el régimen de incomunicación «propiciaba tortura».

El Gobierno español presentó alegaciones pero los tribunales belgas de la parte flamenca donde residía ante la duda le dieron la razón y denegaron su entrega a nuestro país. Los familiares de Ramón Romeo llevaron el caso ante el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH).

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