El juez de Tsunami no se arredra: rechaza el nuevo intento de un investigado de apartarle de la causa
El juez indica que el recurso "carece de los más elementales requisitos formales"
La 'mano derecha' de Puigdemont también solicita que se anule la causa de Tsunami
Manuel García Castellón, juez de la Audiencia Nacional, ha rechazado el recurso que presentó Oleguer Serra, investigado en la causa de Tsunami Democràtic, contra la decisión del magistrado en la que acordó inadmitir la recusación en su contra, y que perseguía apartarle de la causa.
En el auto responde al recurso de reforma que presentó el investigado. Serra defendía que se habían vulnerado las normas esenciales del procedimiento y que además se le había causado indefensión. Sin embargo, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 ha esgrimido que no se produce ninguna de las dos situaciones expuestas por el investigado.
Además, García Castellón apunta que el recurso «carece de los más elementales requisitos formales exigidos para su tramitación», según determina el artículo 223.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Entre otras cosas, el documento no está firmado por el recusante, pero tampoco se ha presentado con el poder especial, que se requiere. Tampoco se ha ratificado, otra de las razones por las que no se le puede parecer admisible. Esta situación se ha resuelto de una forma similar a la recusación que presentó otro investigado, Josep Lluis Alay, mano derecha del fugado Carles Puigdemont, en la Sala de lo Penal.
Las palabras de García Castellón
Oleguer Serra solicitó apartar de la causa al juez García Castellón después de que el magistrado realizase unas declaraciones en el Foro de la Región de Ourense. «Yo únicamente como ciudadano puedo decir dos cosas: que en la Constitución tampoco está prohibida la esclavitud y, sin embargo, no es posible. Y no está prohibida expresamente. Y dos: Bien, estos señores han dicho que en cuanto puedan van a volver a repetirlo, por tanto, ¿será esta amnistía la primera de muchas otras después?», dijo el juez en aquel evento.
García Castellón indica en su resolución que el incidente de recusación que presentó Oleguer Serra era «idéntico (hasta en la tipografía)» al otro que había presentado otro investigado, Oriol Soler Castanys.
El juez afirma en su auto que la providencia que resolvía en un inicio al respecto del escrito de Serra resultaba «parca en cuanto a su motivación» pero explica que la Sala de lo Penal archivó la recusación que presentó Alay «precisamente por motivos formales, y que se basaba en los mismos hechos que la planteada por el señor Serra».
Al respecto de la posibilidad de que se hubiera provocado la indefensión a Oleguer Serra, García Castellón argumenta que «no ha sido mínimamente acreditada por quien la invoca» y además apunta que no es suficiente sólo con decir que un acto procesal causa indefensión para que se pueda decidir en su favor. «Hay que justificar en qué se causa esta. En el presente caso, pese a ser elemento nuclear de la causa de nulidad apuntada, solo se menciona en dos ocasiones, y su invocación se basa en el más absoluto vacío argumental», detalla.
Además, el juez ha argüido que Oleguer Serra «no está indefenso» en la causa y para eso, ahonda en que «los hechos demuestran que ha podido combatir la resolución respecto de la que entiende que no se ajusta a derecho, aduciendo todo lo que ha entendido conveniente, pero, además, se le ha dado una respuesta motivada».
Por último, el juez de la causa Tsunami tampoco cree que exista una vulneración de las normas esenciales del procedimiento. Según García Castellón, la providencia que ha recurrido el investigado Serra inadmitía la recusación ‘ad limine’, es decir, de plano. «Esta facultad de inadmisión está prevista en la LOPJ, y se aprecia en el presente caso», subraya el juez.
Alay pide que se anule la causa Tsunami
Por su parte, Josep Lluis Alay, ‘mano derecha’ del ex presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, ha solicitado García Castellón que anule todo lo que se ha actuado desde el 29 de julio de 2021 porque, antes de esa fecha, no ha habido resolución que acuerde la prórroga de las pesquisas.
El abogado de Alay, imputado en el caso Tsunami, acusa al juez de que «ha continuado prorrogando indebida e ilegalmente la instrucción, contraviniendo manifiestamente lo establecido en el artículo 324 de la Ley de Enjuciamiento Criminal y la jurisprudencia del Tribunal Supremo».
Según el abogado, las diligencias previas se incoaron mediante auto de 30 de octubre de 2019 y a raíz de la reforma legal de los plazos de instrucción, ese sería «el primer día del plazo de instrucción en los procedimientos que, como el presente, se encontraran en tramitación» y «el juzgado contaba con 12 meses para finalizar la instrucción del presente procedimiento siendo la fecha final el 29 de julio de 2021 o, antes de esa fecha, prorrogar la instrucción».
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