El juez retira la orden internacional contra Puigdemont para evitar que Bruselas lo entregue sólo por malversación
El juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha acordado retirar las Órdenes Europeas de Detención y Entrega, OEDE, internacionales dictadas contra Carles Puigdemont, y los exconsellers Antonio Comín, Lluís Puig, Meritxell Serret y Clara Ponsatí porque «los investigados parecen haber mostrado su intención de retornar a España».
Las fuentes jurídicas consultadas afirman que «la orden de detención sigue vigente en España». Es decir, en el momento en que Puigdemont y los exconsellers abandonaran Bélgica y volvieran a pisar territorio español «serían arrestados de inmediato».
El objetivo del magistrado del Alto Tribunal es evitar que las acusaciones contra Puigdemont «se limiten al delito de malversación y no a los de rebelión y sedición por los que se les quiere juzgar en España». «Previsiblemente, la justicia belga iba a entregar al expresidente y a los otros miembros del Govern cesados por el delito de malversación y se limitarían las imputaciones contra ellos en el proceso» apuntan estas mismas fuentes.
De esta forma, Puigdemont y los exconsellers «pueden decidir entre quedarse en Bélgica para evitar su arresto». Probablemente, regresen a España por las elecciones autonómicas catalanas del 21-D en próximas fechas. El Ministerio Público ya estudiaba desde hace un tiempo esta posibilidad, para salvaguardar el proceso en España, no obstante, el magistrado Llarena ha tomado la iniciativa de oficio.
Llarena considera que se deben retirar las órdenes europeas e internacionales porque está investigando «un delito de naturaleza plurisubjetiva dotado de unidad jurídica inseparable, lo que requiere una única contestación para evitar respuestas contradictorias» y pide que se comunique su decisión a las autoridades belgas, a fin de que dejen sin efecto la colaboración solicitada en su día y solicitándoles la devolución del formulario.
En un auto de 9 páginas, al que ha tenido acceso OKDIARIO, el juez recuerda que la Orden Europea de Detención es «un instrumento de colaboración judicial y que una vez emitida, el juez instructor puede ponderar en cualquier momento la conveniencia u oportunidad de su mantenimiento, teniendo en cuenta las circunstancias que le prestan soporte conforme con su derecho interno y los efectos que esa Orden de Detención pueda tener en el proceso penal que se esté tramitando, en este caso en España».
Llarena explica que los autos de busca y captura e ingreso en prisión y las oportunas Òrdenes Europeas de Detención y Entrega se emitieron el 3 de noviembre de 2017. La titular del Juzgado Central de Instrucción nº 3 de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela, fue la autora de las mismas.
El juez describe el nuevo escenario que se presenta en este momento. De un lado, con posterioridad a la emisión de las órdenes, señala Llarena, “los investigados parecen haber mostrado su intención de retornar a España, con la finalidad de tomar posesión y ejercer unos cargos electivos para cuyos comicios se han presentado recientemente”.
Por otro lado, Llarena recuerda que, una vez acumulada la causa, los hechos investigados suscitan la eventual comisión de un delito de naturaleza plurisubjetiva: “Con posterioridad a que se emitieran las órdenes de detención que contemplamos, se ha definido que los hechos pudieran haberse perpetrado mediante el concierto de todos los investigados y con una unidad jurídica inseparable, esto es, que la depuración de las distintas responsabilidades penales deba ser llevada de manera unificada, pues de otro modo podría romperse la continencia de la causa y conducir el proceso a respuestas contradictorias y divergentes para los distintos partícipes”.
Según el magistrado, el actual mantenimiento de las órdenes de detención no facilitaría el adecuado desarrollo del proceso “pues al ser posible que el Estado requerido deniegue parcialmente la ejecución de las Órdenes de Detención, se posibilita una restricción del título de imputación para los que se encuentran fugados, lo que dificultaría la respuesta homogénea que justificó la acumulación de las actuaciones e introduciría perturbaciones de defensa para los investigados que sí están a disposición de este órgano instructor, quienes podrían ser investigados y enjuiciados por todos los delitos que el instructor contempla, colocándose así en ‘peor derecho’ que quienes se encuentran fugados”.
Por ello, en el estado actual de las actuaciones, el magistrado considera oportuno, ponderando los intereses en juego, retirar las Órdenes de Detención objeto de análisis y renunciar a la petición de colaboración que comportan. Además, el juez entiende que esta retirada no genera ningún gravamen a los afectados por ella “pues, en la medida en que los encausados se opusieron a que se ejecutara por el Estado requerido el acto de colaboración que analizamos, eso es lo que esta resolución les aporta”.
Contra el auto del magistrado Llarena se puede interponer recurso de reforma y/o apelación.
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