El juez García-Castellón analiza la posible ilegalización de los CDR por terrorismo
El juez de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón, deberá revisar la reapertura de otra causa sobre los CDR donde se investiga la posible ilegalización del colectivo.
El golpe policial al entramado de los CDR puede provocar un vuelco en la causa de ilegalización contra la CUP y de los Comités de Defensa de la República. Tal y como ha sabido OKDIARIO, el juez de la Audiencia Nacional va a volver a revisar la causa abierta tras una denuncia de ‘Manos Limpias’ para determinar si realmente hay pruebas que vinculen a estos colectivos con la violencia.
Los CDR tienen otra causa pendiente en el Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional de la que es titular Manuel García-Castellón. Se trata de las Diligencias Previas 101/2018, que instruyen una «causa de una posible ilegalización de la Candidatura de Unidad Popular (CUP) y de su brazo armado CDR». Esta causa se encuentra actualmente sobreseída de manera provisional, pero los últimos acontecimientos han llevado al magistrado a volver a revisar la instrucción para determinar si la reabre.
‘Manos Limpias’ presentó la petición de ilegalización el pasado mes de enero. Sin embargo, el magistrado García-Castellón determinó que no existían suficientes indicios para proceder con esta causa y decidió el sobreseimiento provisional de las diligencias.
La detención de los siete miembros de los CDR, en poder de sustancias explosivas, ha provocado que el sindicato vuelva a presentar una solicitud de reapertura del caso. Exigen «una suspensión cautelar del partido político CUP y de los CDR en base a los gravísimos acontecimientos ocurridos la semana pasada».
«Caracter violento de los CDR»
El secretario general del sindicato, Miguel Bernard, decidió interponer a principios de 2019 medidas legales contra los grupos independentistas aludiendo al «carácter violento» de estos colectivos, que ha ido en aumento. Les atribuía presuntos delitos de terrorismo, atentado a la autoridad, desórdenes públicos y de organización criminal.
Sin embargo, la Audiencia Nacional consideró que los hechos por los cuales se acusaban a la CUP y los CDR no quedaban suficientemente acreditados con las pruebas presentadas. Argumentó el magistrado que, en su gran mayoría, se trataba de artículos periodísticos.
Lo que se desconocía en aquel momento era que el Juzgado y la Guardia Civil ya coordinaban conjuntamente una operación para seguir cada paso de los terroristas CDR, que planeaban actos violentos y que los harían coincidiendo con el aniversario del referéndum ilegal del 1-O y la sentencia del ‘procés’.
La ‘Operación Judas’ investiga al grupo terrorista Equipo de Respuesta Táctica (ERT), integrado en los CDR, y la presunta operación que planificaban para asaltar y ocupar el Parlamento catalán serviéndose para ello de material explosivo.
En la querella actual, el sindicato exige la ilegalización del partido independentista aparándose en el artículo 10 de la Ley de Partidos Políticos que en su apartado segundo establece que: «La disolución judicial de un partido político será acordada por el órgano jurisdiccional competente en los casos siguientes: cuando incurra en supuestos tipificados como asociación ilícita en el Código Penal».
Concretamente hacen referencia al artículo 515 del Código Penal que establece que se considerará ilícita una asociación que cometa algún delito, empleen medios violentos o alteren el orden, las que tengan carácter paramilitar, y las que fomenten el odio o la violencia contra personas por razón de su ideología.
La decisión de considerar ilegal al grupo CDR recaerá en el juez competente según consta en el artículo 520 del Código Penal. En este caso, el magistrado Manuel García-Castellón.
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