España
CASO 8-M

La juez del 8-M decidirá si imputa también a Simón «por dejación de funciones»

La juez Carmen Rodríguez-Medel, que instruye el ‘caso 8-M’, deberá decidir si imputa a Fernando Simón por «dejación de funciones» en la causa donde se investiga un posible delito de prevaricación por permitir la marcha feminista del Día de la Mujer pese al riesgo de contagio por coronavirus.

El abogado Víctor Valladares ha presentado un escrito, al que ha tenido acceso OKDIARIO, donde denuncia que Simón cometió un presunto delito de desobediencia por autoridad o funcionario público o, en su caso, un supuesto delito de denegación de auxilio recogidos en el Código Penal.

Según el letrado, Simón, que dirige el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias (CCAES), ha cometido una «flagrante dejación en sus funciones así como obligaciones, poniendo en peligro la salud pública, e integridad física de todos los españoles y/o residentes en España, tales como la utilización obligatoria de mascarillas, la necesidad de la realización de tests serológicos, la falta de información veraz del número de fallecidos por coronavirus, la negación en un principio de un peligro real en España de la existencia de coronavirus, afirmando que habría hechos aislados, y nunca de contagio local, cuando ya contaba con Informes de la Organización Mundial de la Salud y de la UE».

Además, señala que animó «a la asistencia de la marcha feminista del 8-M, pese a que el coronavirus en España se encontraba desbocado».

Estas supuestas dejaciones de sus funciones «podrían ser constitutivas de otros delitos penales tales como homicidio imprudente, falsedad documental, delito contra la salud pública, delito contra la seguridad de los trabajadores, delito de lesiones por imprudencia profesional, delito de obstrucción a la Justicia» que se sumarían al de desobediencia y denegación de auxilio.

Informe de la Guardia Civil

En la denuncia hace alusión a la investigación llevada a cabo por la Policía Judicial de la Guardia Civil. «El 28 de febrero de 2020, el director del CCAES admitió que había transmisión comunitaria. Este escenario define que no se puede contener el virus controlando a las personas que estén infectadas y a su entorno, porque ya no se conocen estos», explica basándose en el atestado incorporado en la causa judicial por la Benemérita.

Dos días antes de la celebración del 8 de marzo, «Simón se reunió en la sede del Ministerio de Sanidad con representantes de Iglesias Evangélicas. El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias expresó de manera taxativa que ese congreso (que tenían pensando celebrar) no se podía realizar bajo ningún concepto, por concurrir todas las circunstancias para ser considerado de alto riesgo para la propagación de contagios siendo un claro riesgo para los asistentes y la salud pública».

Sin embargo, los evangélicos se negaron a cancelar el evento sin la emisión de algún documento de los responsables sanitarios. Simón le ofreció este informe oficial días más tarde.

Por ello, el abogado concluye que «la documentación aportada por los representantes evangélicos acredita de manera inequívoca el contenido de las manifestaciones», que avisaban del «riesgo de transmisión» del Covid-19 que suponía la celebración de «eventos multitudinarios de cualquier tipo». Por tanto, recomendaban «el aplazamiento» dos días antes de las marchas feministas donde participaron más de 600.000 personas en 480 actos por toda España.

«Todas estas circunstancias hacen ver a esta instrucción que, a partir del 5 de marzo de 2020, no se debería haber realizado ninguna manifestación o concentración de personas en la Comunidad de Madrid con motivo de la crisis sanitaria del Covid-19, y no celebrar unas y cancelar otras, como al final terminó ocurriendo», según explican los agentes judiciales en la página 77 del informe aportado al Juzgado.

Por todo ello, solicita que se interrogue en calidad de investigado a Fernando Simón. Del mismo modo, ha presentado una ampliación de la denuncia contra el delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, José Manuel Franco, donde solicita que también sea investigado por un delito contra las libertades públicas tipificado en el artículo 514 del Código Penal.

La magistrada, este jueves, también ha lanzado un dardo a la Abogacía del Estado en el escrito donde comunica que aplaza la citación como investigado de José Manuel Franco al 10 de junio. «Resulta sorprendente que necesite más tiempo» para preparar la declaración, ha afirmado la magistrada.

La titular del Juzgado de Instrucción número 51 responde así al recurso presentado por la Abogacía este miércoles que ha solicitado a la Audiencia Provincial la revocación de la magistrada que investiga si se cometió un delito de prevaricación al permitir las marchas feministas del 8-M cuando ya existía un alto riesgo de contagio por coronavirus.