España
'caso Noelia'

Una juez de Barcelona tumba el último intento de evitar la eutanasia de la joven Noelia

El caso de la joven catalana suma una nueva decisión judicial el día que está prevista la eutanasia

Un juzgado de instrucción de Barcelona ha denegado por tercera vez las medidas cautelares solicitadas por la Asociación de Abogados Cristianos para suspender la eutanasia de Noelia Castrillo, la joven de 25 años que lleva años pidiendo morir.

La magistrada Mª Eva Moltó Guardiola, titular de la Plaza nº 20 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Barcelona, ha firmado este 26 de marzo de 2026 un auto en el que vuelve a rechazar tanto la suspensión del procedimiento como la imposición de un tratamiento psicológico y psiquiátrico previo a la aplicación de la eutanasia.

La resolución llega después de que la Asociación de Abogados Cristianos presentara de nuevo una petición de medidas cautelares ante este mismo juzgado, argumentando que tras la inadmisión del recurso de casación por parte del Tribunal Supremo el pasado 29 de enero de 2026, «es responsabilidad de este Juzgado de Instrucción evitar que los efectos de los delitos denunciados se consumen de manera irreparable».

El Ministerio Fiscal se ha opuesto a las pretensiones formuladas por la asociación en todas las ocasiones.

Juzgado sin competencia

La magistrada, en tres páginas consultadas por OKDIARIO, ha sido lacónica en su razonamiento central: este juzgado «carece de potestad para adoptar las medidas que se solicitan», dado que los tribunales competentes —el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 12 de Barcelona, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y el Tribunal Supremo— ya han dictado sus resoluciones autorizando la práctica de la eutanasia, decisiones que un juzgado de instrucción penal «evidentemente no puede modificar».

El auto subraya además que Noelia «no ostenta la condición de parte en este procedimiento penal» y que una decisión que afectara a sus derechos fundamentales sin que ella estuviera comparecida en el proceso le «podría producir una situación de indefensión». La cuestión sobre su capacidad para tomar la decisión, señala la magistrada, «ha sido resuelta tanto en vía administrativa como judicial».

La propia asociación peticionante había reconocido en su escrito que «no hay una relación directa entre el tratamiento psiquiátrico y psicológico y el objeto procesal», aunque instaba al juzgado a intervenir «por un principio de justicia material». El auto descarta este argumento sin ambages.

La causa penal de fondo

El procedimiento penal que dio pie a estas peticiones cautelares —las Diligencias Previas abiertas en 2025— se abrió a raíz de una querella presentada por Abogados Cristianos contra dos personas, la dupla evaluadora del caso conforme a la Ley Orgánica de 2021 de Regulación de la Eutanasia.

La querella les imputa los delitos de falsedad en documento público y prevaricación, alegando que ambos profesionales «simularon un desacuerdo que en realidad era ficticio» en sus informes de 29 de abril y 2 de julio de 2024, lo que habría provocado que el expediente se elevara al Pleno de la Comisión de Garantía y Evaluación.

El juzgado admitió a trámite la querella con el único propósito de recabar documentación del procedimiento contencioso-administrativo. La magistrada ha sido explícita al respecto: «Dicha solicitud de testimonios no podía hacerse de otra forma que admitiendo a trámite la querella, al objeto de que la petición de la documentación aludida tuviera cobertura legal.»

Años de litigios sin éxito

El caso de Noelia ha recorrido todos los escalones del sistema judicial español y europeo. El Tribunal Constitucional inadmitió de forma unánime el recurso del padre de la joven, que previamente había sido rechazado por el Tribunal Supremo en enero de 2026.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en una resolución del 10 de marzo de este año, también desestimó la petición de medidas cautelares presentada por la Fundación Española de Abogados Cristianos para paralizar la aplicación de la eutanasia, aunque la asociación ha subrayado que el TEDH aún no se ha pronunciado sobre el fondo de la cuestión.

La Generalitat de Catalunya reactivó en febrero el mecanismo para aplicar la prestación, tras el pronunciamiento del Tribunal Constitucional. Fuentes de la Comisión de Garantía y Evaluación de Catalunya indicaron entonces que la resolución de dicho órgano «ya es plenamente aplicable».

Abogados Cristianos sostiene que Noelia «tenía una discapacidad reconocida del 67% por enfermedad mental» y que, tras un intento de suicidio que la dejó en silla de ruedas, su discapacidad «aumentó al 74%». La presidenta de la asociación, Polonia Castellanos, ha sostenido que «antes de abocarla al suicidio, el Estado debe garantizar que ha ofrecido todas las alternativas de vida».

Con este tercer auto denegatorio, el camino judicial en España para los que se oponen a la eutanasia de Noelia parece haber llegado a su fin. A las seis de la tarde está fijada la hora clave en el hospital.