Un juez archiva la denuncia por «hurto» de los Mossos a 14 personas al quitar lazos amarillos
El juez considera que retirar símbolos independentistas no es un hurto porque no busca beneficio.
El juzgado señala que "en el propio relato de hechos contenido en el atestado no aparece suficientemente constatada la comisión de la infracción penal".
El Juzgado de Instrucción 1 de Falset (Tarragona) ha archivado la denuncia a 14 personas que fueron identificadas por los Mossos d’Esquadra el 17 agosto por arrancar lazos amarillos y otros símbolos independentistas de las calles de Móra la Nova, Tivissa y Vandellòs (Tarragona), una acción policial que está siendo investigada por la Fiscalía.
En un auto recogido por Europa Press, el juzgado considera que no concurren «los elementos integrantes de los delitos imputados» –daños a mobiliario urbano y hurto– en el atestado de Mossos, que incluye cuatro denuncias presentadas por particulares, ya que existe una total ausencia de ánimo de lucro en la acción y solamente hay un posible deslucimiento del mobiliario.
El juzgado recibió el 23 de agosto un atestado de los Mossos en los que denunciaba a 14 personas por delito de hurto y daños por haber retirado esteladas, una pancarta con el mensaje ‘Llibertat presos polítics’ y otra con una boca tapada, y varios lazos amarillos, así como por haber causado daños en un letrero a la entrada de Móra la Nova con la leyenda ‘Municipi de la República Catalana’.
El juzgado considera que colocar o retirar lazos amarillos –que pueden ser propiedad particular de personas o entidades–, en el marco de la situación política en Cataluña, son acciones que tienen «finalidades muy distintas a la obtención de un beneficio o ventaja económica», elemento intencional del delito que es básico para que exista, por lo que no puede considerarse un hurto.
Sobre el delito de daños de mobiliario urbano, el juzgado señala que se trata de arañazos al letrero de entrada de Móra la Nova y el corte de las cuerdas del mástil con una estelada, y «no se observa destrucción o inutilización del bien, por lo que no existe delito de daño alguno», aunque admite que puede haber un deslucimiento de bienes, que supondría una infracción a la Ley de Protección de Seguridad Ciudadana.
Por todo ello, el juzgado señala que «en el propio relato de hechos contenido en el atestado no aparece suficientemente constatada la comisión de la infracción penal», por lo que decreta el sobreseimiento y archivo de las actuaciones sin necesidad de iniciar la instrucción penal.
Por estas identificaciones y otras en L’Ametlla de Mar (Tarragona) el 24 de agosto, la Fiscalía Superior de Cataluña acordó abrir diligencias de investigación el 27 de agosto.
En su escrito, la Fiscalía Superior requirió al comisario jefe de los Mossos d’Esquadra, Miquel Esquius, que explicara «los concretos motivos» por los que se identificó a diversos ciudadanos por retirar lazos.
Le reclamaba que, en menos de 15 días, remitiera un informe en el que se identificara a los agentes que actuaron en las identificaciones y explicara los «motivos que llevaron a la intervención realizada, las diligencias practicadas y, en su caso, si las mismas dieron lugar a la remisión de denuncia» o sanción.
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