Iglesias deberá dejar de presentar sus programas de televisión cuando se convierta en vicepresidente

Pablo Iglesias en 'Otra vuelta de Tuerka'
Pablo Iglesias en 'Otra vuelta de Tuerka'

Pablo Iglesias es el presentador de ‘Otra vuelta de Tuerka’, que se emite en Público TV, y ‘Fort Apache’, dos programas de entrevistas y debate. El secretario general de Podemos será en unos días nombrado vicepresidente del Gobierno socialcomunista, lo que hará incompatible su nuevo trabajo con el ser presentador.

La incompatibilidad está recogida en el artículo 98 de la Constitución y así se recuerda en el protocolo de funcionamiento que han firmando el PSOE y Unidas Podemos para coordinar la acción del nuevo Gobierno de coalición que liderará Pedro Sánchez, en el que se hace mención expresa al citado artículo de la Carta Magna.

El artículo 98, que se incluye dentro del Título IV que se ocupa ‘del Gobierno y de la Administración’, establece en su tercer punto que «los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna».

En el protocolo firmado para dar estabilidad al Ejecutivo de coalición y garantizar la unidad de acción, se incluye en el primer apartado, como una de las reglas básicas, que la acción del Gobierno «se desarrollará en todo momento con pleno respeto a la Constitución Española y al resto del ordenamiento jurídico», y «en particular se cumplirá lo previsto en el artículo 98».

Dicho artículo regula la composición del Gobierno y especifica que es el presidente el que «dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de éstos en su gestión».

Y, además, deja clara la prohibición de que sus miembros desarrollen actividades que no sean las propias del mandato parlamentario y de su cargo, «ni actividad profesional o mercantil alguna», y señala que una ley «regulará el estatuto e incompatibilidades de los miembros del Gobierno».

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