Los Franco piden al Supremo que suspenda la decisión de inhumar en El Pardo
Familia y fundación amplían sus recursos ante el Supremo y le solicitan que suspenda preventivamente el lugar señalado por el Gobierno para la inhumación.
La familia Franco y la Fundación han solicitado este viernes al Tribunal Supremo, en sendos escritos, que suspenda la decisión del Gobierno de inhumar los restos mortales del dictador en el cementerio de El Pardo.
Consideran que la cripta elegida por el Ejecutivo en el cementerio de Mingorrubio es propiedad de Patrimonio Nacional y, por tanto, «enterrarlo en la misma sería equivalente a una apropiación indebida del cadáver porque no se ha expedido el título funerario de la misma», tal y como exige el Real Decreto Ley aprobado por el Gobierno para la modificación de la Ley de Memoria Histórica que dio origen a todo el proceso.
Tanto los nietos como la Fundación Nacional Francisco Franco amplían así los recursos presentados contra los dos últimos «acuerdos motivados» por el Consejo de Ministros, ambos orientados a materializar la polémica medida anunciada tras la llegada de Sánchez a la Moncloa.
En los nuevos escritos registrados este viernes ante el Alto Tribunal, se pide a la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo -que estudia la adopción de medidas cautelares orientadas a paralizar temporalmente la exhumación- que adopte prevenciones jurídicas adicionales. Y que lo haga sobre las «medidas específicas complementarias» que fijaban tanto la fecha concreta en que tendrá lugar la exhumación, el próximo 10 de junio, así como el lugar en el que habría de efectuarse «la nueva inhumación de los restos mortales». Cuestiones, ambas, que tienen «manifiesta conexión directa con el acuerdo previo de 15 de febrero».
Entienden ambas partes que la solicitud de medidas cautelares suplicadas en el primero de los casos, se hace extensible para este nuevo elemento planteado, dado que el hecho de haber concretado un día y un nuevo emplazamiento «no hace más que reforzar significativamente los argumentos ya expuestos» para justificar la necesidad de que el Tribunal Supremo suspenda «la ejecución del Acuerdo inicialmente impugnado».
Además, adicionalmente, «para el hipotético e improbable caso de que la Sala a la que nos dirigimos considere que no concurren motivos» para aplicar las medidas cautelares solicitadas, sobre el primer acuerdo de 15 de febrero, hasta pronunciarse sobre el fondo del asunto, «no es menos cierto que existen motivos independientes y autónomos que por sí mismos justificarían sobradamente la suspensión de este segundo Acuerdo dictado por el Consejo de Ministros», un mes después. Extremo que se refleja en el nuevo documento registrado ante el órgano judicial.
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