La Fiscalía recurrirá la sentencia absolutoria de Sandro Rosell
La Fiscalía de la Audiencia Nacional presentará un recurso ante el Tribunal Supremo contra la sentencia absolutoria de Sandro Rosell, tras recibir luz verde de la jefatura superior.
La Fiscalía General del Estado ha dado luz verde a la Fiscalía de la Audiencia Nacional para que presente un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia absolutoria del ex presidente del Fútbol Club Barcelona Sandro Rosell.
Fuentes del Ministerio fiscal confirman a OKDIARIO que un representante de la Fiscalía en la Audiencia Nacional ha transmitido, de forma extraoficial, a la jefatura superior su voluntad de presentar dicho recurso ante el alto tribunal. La Fiscalía General se ha mostrado favorable ante esta iniciativa. Ahora el Tribunal Supremo deberá decidir si admite a trámite el recurso presentado que será valorado por un tribunal.
Fuentes del Ministerio Fiscal consultadas por este periódico consideran razonable presentar este recurso al considerar que existen discrepancias en la resolución de la Sala que deben ser sometidas a la valoración de otro tribunal.
Este periódico se ha puesto en contacto con un portavoz oficial de la Fiscalía de la Audiencia Nacional quien ha manifestado que «por el momento no se ha tramitado el recurso de forma oficial».
Absolución de Rosell
Sandro Rosell y los otros cinco acusados de blanquear comisiones por los derechos audiovisuales de 24 partidos de la selección brasileña de fútbol y un contrato de esponsorización con Nike, fueron absueltos por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional a finales del mes de abril.
En la resolución, el tribunal considera ecuánime haber abierto la investigación al existir indicios de actividad delictiva. Sin embargo, reconoce que al llegar al juicio oral considera que, aunque existen indicios, no se han aportado pruebas concluyentes que demuestren que se cometieron delitos de blanqueo de capitales.
Los jueces dudaron sobre lo que la fiscalía llamó comisiones ilegales, y consideraron que quizás «pudieron ser pagos de negocios limpios» realizados a través de empresas que «realmente tenían una actividad y no eran testaferros». Por ello, antes las dudas sembradas debe primar el principio de in dubio pro reo (en caso de duda falla a favor del acusado).
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