El ex fiscal de la Audiencia Nacional Carlos Bautista, nuevo abogado de Ábalos
Bautista está especializado en Derecho Penal Económico, terrorismo y extradiciones e intervino en el caso Faisán y el 11-M
El ex ministro de Transportes José Luis Ábalos ha fichado al ex fiscal de la Audiencia Nacional Carlos Bautista para que ejercite su defensa en el caso Koldo en sustitución de José Aníbal Álvarez. El nuevo letrado de Ábalos es doctor en Derecho y está especializado en Derecho Penal Económico, terrorismo y extradiciones. Estuvo 18 años en la Fiscalía de la Audiencia Nacional, donde intervino en el caso Faisán y el 11-M.
El Tribunal Supremo (TS) rechazó el pasado martes la renuncia de Ábalos a su anterior letrado por considerar que se realizaba en fraude de ley y mantuvo su declaración del miércoles, señalando que en ella seguiría asistido por José Aníbal Álvarez. No obstante, le dio tres días para que designara un nuevo abogado, indicando que en caso de no hacerlo le sería nombrado uno de oficio.
El magistrado Leopoldo Puente, instructor del caso, decidió este miércoles mantener a Ábalos en libertad, con las medidas cautelares de retirada del pasaporte, la prohibición de salida del territorio nacional y la obligación de comparecer cada 15 días ante el Juzgado.
Fiscal durante 32 años
Persisten indicios de criminalidad
El juez Puente ha indicado en su último auto sobre Ábalos que «persisten indicios de criminalidad que aparecían ya seriamente consolidados en informe de la UCO de 5 de junio, y que el último informe del 3 de octubre ha incrementado su existencia y robustez, poniendo de relieve que el investigado, sin hacer uso de cantidad alguna en metálico procedente de sus cuentas bancarias durante varios años, efectuó, sin embargo, significativos ingresos en metálico en esas mismas cuentas».
Según explica el juez, se ha puesto de manifiesto la existencia de «muy estrechos vínculos entre los patrimonios de Ábalos y del también investigado Koldo García, quien según el auto ha venido asumiendo con su propio patrimonio gastos de Ábalos».
Al analizar los requisitos por los que se pueden acordar la prisión, respecto al riesgo de reiteración delictiva y el de alteración de fuentes de prueba, el juez descarta que concurran en este momento. Sin embargo, sobre el riesgo de fuga coincide con el fiscal en que concurre «riesgo, aunque no lo suficientemente intenso, de que el investigado pueda sustraerse a la acción de la Justicia».
Puente señala en el auto que «Ábalos Meco ha podido disponer de cantidades importantes de dinero opaco, tal vez en metálico, tal vez depositados en cuentas de terceros que hasta el momento no han sido halladas, así como de ciertos contactos y vínculos internacionales».
En este sentido, indica que en las actuaciones consta, por ejemplo, la existencia de aportaciones económicas, que, aparentemente en concepto de préstamo, habría realizado en beneficio de Ábalos uno de sus hijos, Víctor, sin que conste que éste haya sido devuelto. No obstante, indica que «la existencia de dicho riesgo, sin embargo, ha sido conjurada hasta el momento con las medidas cautelares que tiene vigentes».
El juez señala que el riesgo de fuga resulta creciente «conforme el conjunto de indicios de la posible comisión de graves delitos, sancionados con penas privativas de libertad muy significativas se robustece; y conforme también se aproxima la fecha de celebración del juicio oral, lo que, acaso, pudiera justificar, como sugirió el fiscal en su informe, la adopción de medidas cautelares más gravosas en lo porvenir».
El juez también apunta en el auto que «no es ajeno al natural estupor que produce que una persona, frente a la que gravitan tan consistentes indicios de la eventual comisión de muy graves delitos estrechamente relacionados además con el viciado ejercicio de la función pública, pueda mantenerse en el curso del procedimiento penal que se sigue contra él, ejerciendo a la vez las altas funciones que corresponden a un miembro del Congreso de los Diputado (entre ellas, el control de la acción del Gobierno y la aprobación de normas con rango de ley)». «Se trata, creo, de un buen motivo para la reflexión», apostilla.
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