El Constitucional pide actuar contra Torrent por las propuestas sobre autodeterminación y contra la Monarquía
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado este martes de forma unánime dirigirse a la Fiscalía para que estudie si procede abrir diligencias contra el presidente del Parlament de Cataluña, Roger Torrent, y también contra el vicepresidente primero y secretario primero de la Mesa del Parlamento, Josep Costa i Rosselló y Eusebi Campdepadrós i Pucurull, respectivamente, por un presunto delito de desobediencia por tramitar resoluciones en esta Cámara que reiteraban la autodeterminación y la reprobación de la Monarquía tras conocerse la sentencia del ‘procés’ independentista en Cataluña.
Se da la circunstancia de que por estas actuaciones la fiscal general del Estado, María José Segarra, ya ordenó la apertura de una investigación el pasado mes de noviembre, en el contexto de los incidentes de ejecución de las sentencias del Tribunal Constitucional sobre las mismas.
La actuación de la Fiscalía se produce después de que el tribunal de garantías realizara hasta cuatro advertencias al presidente del Parlament catalán, Roger Torrent, para el cumplimiento de la ley.
Las decisiones del Constitucional se notificarán personalmente tanto a Torrent como a los demás miembros de la mesa y al secretario general del Parlamento, «con la advertencia de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa, jurídica o material, que directa
o indirectamente suponga ignorar o eludir» el auto por el que las iniciativas parlamentarias se declararon contrarias a la Constitución «apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de incumplimiento».
En un tercer auto dado a conocer también este martes, el TC declara extinto un tercer incidente de ejecución promovido por el Gobierno contra los acuerdos de la Mesa del Parlament que volvían a insistir en la independencia. En este caso, el auto razona que dichos acuerdos ya han sido anulados por el auto aprobado esta mañana referido al incumplimiento de una sentencia dictada por este órgano en 2015.
En cuanto a la reprobación de la Monarquía, el incidente de ejecución de sentencia cuyo fallo ha sido adelantado este lunes por el TC anula los acuerdos de la Mesa del Parlament de 22 y 29 de octubre por los que se admitió a trámite, para su debate y aprobación en el Pleno, una propuesta de resolución que reiteraba la citada reprobación referente al Rey.
La referida a la autodeterminación que se propuso como respuesta a la sentencia del Tribunal Supremo sobre los hechos del 1 de octubre, incluía este inciso: : «Por ello, [el Parlamento de Cataluña], reitera y reiterará tantas veces como lo deseen los diputados y las diputadas (…) la defensa del derecho a la autodeterminación y la reivindicación de la soberanía del Pueblo de Cataluña para decidir su
futuro político».
En ambos casos, el TC considera que el presidente del Parlamento de Cataluña y el vicepresidente primero y secretario primero de la Mesa del Parlamento de Cataluña han incumplido el artículo 87.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que establece que todos los poderes públicos están obligados al cumplimiento de lo que el Tribunal resuelva.
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