Condenada la edil de Podemos en Valencia a pagar 7.000€ por intromisión en el honor del torero Víctor Barrio
El juzgado de primera instancia e instrucción de Sepúlveda (Segovia) ha condenado a la concejal del Ayuntamiento de Catarroja (Valencia), Datxu Peris, a abonar 7.000 euros a la familia de Víctor Barrio por una «intromisión ilegítima» en el derecho al honor del torero fallecido.
Una indemnización que deberá pagar a la viuda y los padres de Barrio, según refleja la sentencia por el contenido de los mensajes publicados en Facebook por Peris.
Asimismo, se condena a la edil no adscrita –tras su salida de Guanyar Catarroja– a retirar de su página en esa red social todos los mensajes que constituyan una «intromisión ilegítima» al honor de Víctor Barrio, así como a publicar la sentencia en los mismos medios en los que esos mensajes han sido divulgados.
El propio texto reconoce que no se trata de una sentencia firme y que cabe un recurso de apelación contra la misma, a interponer en el juzgado de Sepúlveda en un plazo de veinte días.
El tribunal ha detallado en la sentencia que, durante la vista, Peris ha pretendido centrar el debate en torno a la defensa de los derechos de los animales. Sin embargo, el texto remarca que en esta causa no se trata la situación de la tauromaquia, que «cada uno es libre» de elegir qué le gusta y que lo que se discute en el caso es el contenido del mensaje publicado por la edil y si supone una vulneración del derecho al honor de Víctor Barrio o, por el contrario, se enmarca en el ámbito de la libertad de expresión.
Igualmente, la sentencia afirma que Barrio se dedicaba a una profesión «a día de hoy, lícita» y puntualiza que las redes sociales no pueden ser un «subterfugio donde todo cabe y todo vale» desde la creencia de estar «amparado, oculto o protegido» por un perfil social.
Así, la libertad de expresión se ve limitada, según agrega, cuando excede de la «mera crítica, opinión o valoración» para constituir un «ataque directo» a la dignidad humana, con el uso de expresiones «amenazantes, vejatorias o insultantes».
Por otro lado, la sentencia recuerda que Peris manifestó lo «positivo» de la muerte del torero, por haber «dejado de matar» y recalca que «no se alcanza a comprender lo que existe de positivo en el fallecimiento de un ser humano», sin que se trate de una cuestión de juzgar posiciones «legítimas de sensibilidad» ante la tauromaquia, la caza o cualquier actividad que cause daño a un animal. El tribunal argumenta que no se puede equiparar ni «dar igual valor» a la vida del ser humano que a la de un animal, porque el derecho no lo hace.
Asimismo, explica que cuando Peris ha calificado a Barrio como «asesino» utiliza el término de manera «errónea y peyorativa», lo que provoca una intromisión en el honor del fallecido.
Temas:
- Víctor Barrio
Lo último en España
-
Feijóo atiende a Pérez Llorca: dos alcaldes de la DANA serán los números 2 y 6 al Congreso por Valencia
-
Al menos 60 personas han resultado heridas tras caer un autobús por un barranco en Fòrgans de Montclús, Barcelona
-
Dimite el Delegado del Gobierno en Madrid después de quedarse fuera de las listas electorales del PSOE
-
Encapuchados saquean comercios y queman barricadas en Barcelona y los Mossos blindan la plaza de Cataluña
-
Detenido por agredir sexualmente a una chica de 22 años en la acampada de Sol
Últimas noticias
-
Feijóo atiende a Pérez Llorca: dos alcaldes de la DANA serán los números 2 y 6 al Congreso por Valencia
-
Es oficial: EEUU da luz verde al microrreactor Mark-1 de Antares, que pasará seis meses a plena potencia en Idaho antes de llegar a una base del Ejército
-
La psicología explica por qué las personas que dicen «estoy bien» cuando atraviesan un mal momento tienden a restar importancia a sus emociones
-
100.000 m2, atracciones y food trucks a partir del 14 de noviembre: se confirma la fecha de apertura del parque de Navidad más grande de España
-
Al menos 60 personas han resultado heridas tras caer un autobús por un barranco en Fòrgans de Montclús, Barcelona