El alcalde podemita de La Coruña incumple el Reglamento de Circulación con sus ‘pasos de vaca’
El Ayuntamiento de Podemos en La Coruña incumple lo establecido en el Reglamento de Circulación con su decisión de convertir los pasos de peatones en lo que denominan ‘pasos de vaca’. Una iniciativa con carácter reivindicativo «a los gallegos las cebras no nos representan y las vacas sí porque son parte de nuestra esencia», aseguran, y que se salta lo dispuesto en la normativa legal: el artículo 168 establece expresamente cómo debe ser un paso de cebra: «Una serie de líneas de gran anchura, dispuestas sobre el pavimento de la calzada en bandas paralelas».
El artículo 166 del Reglamento en su apartado 1 señala que «Las marcas sobre el pavimento, o marcas viales, tienen por objeto regular la circulación y advertir o guiar a los usuarios de la vía, y pueden emplearse solas o con otros medios de señalización, a fin de reforzar o precisar sus indicaciones». Y en su apartado 2, indica que pueden ser: marcas blancas longitudinales, marcas blancas transversales, señales horizontales de circulación, otras marcas e inscripciones de color blanco y marcas de otros colores».
No obstante, y para que no queden dudas con respecto a posibles «variaciones», el artículo 168, párrafo c) define expresamente la forma de esas «marcas de paso para peatones. Una serie de líneas de gran anchura, dispuestas sobre el pavimento de la calzada en bandas paralelas al eje de ésta y que forman un conjunto transversal a la calzada, indica un paso para peatones, donde los conductores de vehículos o animales deben dejarles paso. No podrán utilizarse líneas de otros colores que alternen con las blancas».
El consistorio podemita tampoco se podría acogerse a otro tipo de argumentación para explicar estos singulares ‘pasos de vaca’. Y es que, si bien uno de sus objetivos es transmitir la importancia del mundo rural al mundo urbano en una comunidad autónoma como Galicia, en la que las reses equivalen a un tercio de la población (así lo han explicado los responsables de esta campaña autorizada por Podemos ), el artículo 170 del Reglamento subraya que esas marcas deben proporcionar a los usuarios «indicaciones útiles».
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