La Abogacía del Estado debe defender a Llarena en Bélgica según un convenio que firmó Caamaño

Caamaño
El ex presidente del CGPJ Carlos Dívar (fallecido el pasado mes de noviembre) y el entonces ministro de Justicia, Francisco Caamaño, en 2011 (Foto: EFE).

Un convenio firmado en mayo de 2010 entre el entonces ministro de Justicia, el socialista Francisco Caamaño, y el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Dívar (fallecido el pasado mes de noviembre), garantiza al juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena la asistencia jurídica de la Abogacía del Estado en la demanda que Carles Puigdemont ha presentado contra él en Bélgica.

El convenio, que tiene una «vigencia indefinida», establece el mecanismo para que los jueces y magistrados de la carrera judicial puedan encomendar su «representación y defensa en juicio ante cualquier orden jurisdiccional a los Abogados del Estado, en los supuestos en que se dirija contra ellos cualquier acción como consecuencia del legítimo desempeño de sus funciones o cargos».

Todo ello, según lo previsto en el artículo 2 de la Ley de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, según el cual «los Abogados del Estado podrán asumir la representación y defensa en juicio de las autoridades, funcionarios y empleados del Estado, cualquiera que sea su posición procesal, cuando los procedimientos se sigan por actos u omisiones relacionados con el cargo».

El convenio firmado por Caamaño y Dívar el 13 de mayo de 2010 garantiza por tanto que el juez Llarena pueda estar representado y contar con la cobertura jurídica de la Abogacía del Estado en la demanda instrumental que ha puesto contra él en Bélgica Carles Puigdemont.

Asesorado por el ex presidiario Boye

El ex presidente de la Generalitat Carles Puigdemont está asesorado por Gonzalo Boye, el abogado chileno que fue condenado a 14 años de cárcel por colaborar con la banda terrorista ETA en el secuestro del empresario Emiliano Revilla. Boye ha revelado en dos entrevistas que fue él quien aconsejó a Puigdemont que huyera de España, para escapar de la Justicia y evitar su previsible entrada en prisión.

Todo indica que la demanda de Bruselas tiene un carácter meramente instrumental, encaminada a fabricar un pretexto para que Puigdemont pueda recusar a Llarena como instructor de la causa del 1-O y alegar que todo el procedimiento está viciado. El artículo 219.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) establece que un juez puede ser recusado cuando tenga un pleito pendiente con alguna de las partes.

Caamaño
El convenio firmado por el ministro Francisco Caamaño y Carlos Dívar el 13 de mayo de 2010.

Si este es su propósito, Puigdemont y su abogado Boye habrían incurrido en un fraude de Ley, ya que ese motivo de recusación sólo está previsto si la demanda fuera anterior a la designación de Llarena como instructor de la causa del 1-O. En este caso, la misma LOPJ establece que Puigdemont puede ser condenado a costas y al pago de una multa de 6.000 euros, tal como ha explicado el abogado penalista y profesor de Derecho José María de Pablo.

La demanda de Puigdemont alude a unas declaraciones en las que el juez Pablo Llarena negó que Junqueras y el resto de imputados en la causa sean «presos políticos», algo que es una obviedad en un régimen democrático como España.

No son «presos políticos»

«El delito político», explicó Llarena, «son aquellos comportamientos que normalmente no estarían sancionados por el ordenamiento jurídico-penal y que, sin embargo, por una consideración política, estos comportamientos son perseguidos. No es el caso que estamos llevando ahora en el Tribunal Supremo, se trata de comportamientos que aparecen recogidos en nuestro Código Penal y que, con independencia de cuál haya podido ser la motivación que les haya llevado a las personas a cometerlos, si es que ha sido así, tienen que ser investigados». Puigdemont sostiene que, con estas declaraciones, Llarena vulneró su derecho a la presunción de inocencia.

El Gobierno de Pedro Sánchez anunció inicialmente el viernes que sólo asumirá la representación legal del juez Llarena en Bélgica si la demanda de Puigdemont, una vez haya sido admitida a trámite, cuestiona la instrucción de la causa del 1-O. Algo que ha provocado la indignación de todas las asociaciones de jueces y fiscales, salvo Jueces para la Democracia, afín al PSOE.

Carlos Dívar
El convenio firmado por el ministro Francisco Caamaño y Carlos Dívar el 13 de mayo de 2010.

Sin embargo, el Ejecutivo parece haber rectificado este domingo, al difundir un comunicado en el que anuncia que ya ha dado los primeros pasos para contratar «un despacho de abogados en Bélgica en defensa de los intereses de España, en relación con la demanda presentada contra el juez Llarena por los políticos catalanes huidos a aquel país y encausados por el Tribunal Supremo».

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