La tabla completa de cómo quedarán las pensiones a partir de enero de 2024
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El dato definitivo del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de noviembre, publicado recientemente por el Instituto Nacional de Estadística (INE), sirve como base para conocer cómo serán las pensiones en el próximo año. De este modo, ya podemos hacer un cálculo así que os presentamos a continuación, la tabla completa de cómo quedarán las pensiones a partir de enero de 2024.
Cómo quedarán las pensiones a partir de enero de 2024
Ya se ha conocido cómo será la revalorización de las pensiones en 2024. Las prestaciones contributivas experimentarán un aumento del 3,8% a partir del 1 de enero. Este incremento, basado en la evolución promedio del IPC en 2023, garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones contributivas, que son percibidas por cerca de 10 millones de personas.
De este modo, en 2024 se aplicará por tercer año consecutivo la fórmula acordada por el exministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, en colaboración con patronal y sindicatos. Esta fórmula ajusta automáticamente las prestaciones contributivas cada año, calculando la media de la inflación entre diciembre del año anterior y noviembre del presente. Es así como surge ese resultado para el próximo ejercicio que consiste en un aumento del 3,8%.
En términos prácticos, si la pensión media contributiva es actualmente de 1.197,9 euros (según la nómina de noviembre), a partir de enero ascenderá a 1.243,3 euros, representando un incremento medio de aproximadamente 45 euros. De manera proporcional, también aumentarán las pensiones contributivas de viudedad, incapacidad temporal u orfandad. La pensión máxima, por su parte, alcanzará los 3.175 euros brutos al mes en 2024, lo que supone un aumento de 116 euros con respecto a 2023.
Conozcamos a continuación, cómo quedarán todas las pensiones a partir de 2024:
Jubilación:
- Jubilación con 65 años:
- Con cónyuge a cargo: 1.003 al mes, 14.041 al año
- Sin cónyuge: 813 al mes, 11.380 al año
- Con cónyuge no a cargo: 772 al mes, 10.802 al año
Procedente de gran invalidez:
- Jubilación con 65 años:
- Con cónyuge a cargo: 1.504 al mes, 21.061 al año
- Sin cónyuge: 1.219 al mes, 17.071 al año
- Con cónyuge no a cargo: 1.157 al mes, 16.203 al año
Incapacidad permanente:
- Gran invalidez:
- Con cónyuge a cargo: 1.504 al mes, 21.061 al año
- Sin cónyuge: 1.219 al mes, 17.071 al año
- Con cónyuge no a cargo: 1.157 al mes, 16.203 al año
- Absoluta:
- Con cónyuge a cargo: 1.003 al mes, 14.041 al año
- Sin cónyuge: 813 al mes, 11.380 al año
- Con cónyuge no a cargo: 772 al mes, 10.802 al año
Total, entre 60 y 64 años:
- Con cónyuge a cargo: 940 al mes, 13.165 al año
- Sin cónyuge: 760 al mes, 10.646 al año
- Con cónyuge no a cargo: 719 al mes, 10.063 al año
Parcial del régimen de accidente de trabajo:
- Con cónyuge a cargo: 1.003 al mes, 14.041 al año
- Sin cónyuge: 813 al mes, 11.380 al año
- Con cónyuge no a cargo: 772 al mes, 10.802 al año
Viudedad:
- Titular con cargas familiares: 1.033 al mes, 14.457 al año
- Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65%: 813 al mes, 11.380 al año
- Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años: 760 al mes, 10.646 al año
- Titular con menos de sesenta: 616 al mes, 8.622 al año
Orfandad:
- Por beneficiario: 3.480,41 euros al año
- Por beneficiario menor de 18 años con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100: 6.842,50 euros al año
- En la orfandad absoluta, el mínimo se incrementará en 7.534,80 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios.
Prestación de orfandad:
- Un beneficiario: Cuantía en función de la base mínima de cotización
- Varios beneficiarios: A repartir entre número de beneficiarios, cuantía en función de la base mínima de cotización
En favor de familiares:
- Por beneficiario: 3.480,41 euros al año
- Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:
- Un solo beneficiario con sesenta y cinco años: 8.406,76 euros al año
- Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años: 7.922,85 euros al año
- Varios beneficiarios: Cuantía a repartir entre el número de beneficiarios.
Temas:
- Pensiones
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