El Supremo avala que los autónomos puedan deducirse las comidas de trabajo en contra de Hacienda
El Tribunal Supremo ha dado luz a que los autónomos puedan deducirse las comidas de trabajo con clientes en contra de Hacienda. La autoridad judicial se posicionó así en contra del criterio del fisco, que, como norma general, rechaza cualquier deducción que no esté directamente relacionada con el negocio y exige una estricta justificación del gasto, según publica autónomosyemprendedor.es este viernes.
No obstante, a raíz del fallo del Supremo al que ha tenido acceso OKDIARIO, «los autónomos ya tienen derecho a deducirse cualquier gasto derivado de comidas, cenas o incluso regalos, a clientes o proveedores sin necesidad de que esa acción de atención tenga que derivar en un ingreso para el negocio justificado», explicó la abogada Andrea Torner, del despacho de la asesoría online Declarando.
A primera vista, el abanico de gastos que un profesional se puede deducir para reducir lo que paga de impuestos al Fisco podría parecer grande, pero, a la hora de la verdad, pueden desgravarse muy pocos. Esto se debe a que la Agencia Tributaria «pide al trabajador por cuenta propia estrictas justificaciones que pasan, por ejemplo, por mostrar una factura de un ingreso que ese gasto que quería deducirse había producido en su actividad», explicó la abogada Andrea Torner, del despacho de la asesoría online Declarando. De ahí que el fallo del Supremo suponga un «gran avance» para los autónomos, ya que «muchos de los gastos que tienen no están directamente relacionados, sino que son costes indirectos, pero al fin y al cabo, costes para el negocio».
No obstante, permitir que los autónomos puedan deducirse los gastos derivados de su actividad sigue siendo la tarea pendiente de la Agencia Tributaria. «A día de hoy, les sigue siendo prácticamente imposible deducirse gastos tan normales y necesarios para sus actividades como el vehículo, el teléfono móvil o la ropa de trabajo», señaló José Castaño, graduado social y vocal de la Comisión de Estudios Fiscales del Consejo General de Graduados Sociales de España. De hecho, según recoge el último informe de la asesoría online, los profesionales están perdiendo 5.000 millones de euros al año por no poder incluir en sus declaraciones los costes reales que soportan para mantener sus negocios.
La sentencia del Tribunal Supremo ha marcado «un antes y un después tanto en los criterios de Hacienda, como en la tributación de los trabajadores por cuenta propia», apuntó la abogada. Si bien en el fallo que ha sentado la jurisprudencia no se ha establecido ningún modus operandi para justificar ese tipo de gastos ante la Agencia Tributaria, «lo que sí ha hecho es facilitarle mucho más la vida a los autónomos. Al final, la carga probatoria siempre recae sobre el contribuyente, pero el Supremo se ha posicionado de su lado rechazando de plano la teoría que ha aplicado siempre Hacienda de que ‘para que un gasto sea deducible tiene que estar directamente relacionado con un ingreso’».
De esta forma, «ante cualquier inspección, los negocios únicamente tendrán que demostrarle al funcionario de la Administración que la persona a que han invitado a comer, o a la que le han enviado un regalo, es alguien que, o bien colabora en su actividad o bien con el que quieren iniciar un negocio, aunque luego no se acabe llevando a cabo». Y estas demostraciones «son tan simples como un email, un mensaje o WhatsApp, una llamada telefónica o que su nombre aparezca en tu cartera de clientes habituales», aseguró Torner.
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