Sánchez toma esta medida para combatir el fraude a la Seguridad Social y recuperar recursos
El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha dictado una orden por la que crea el Observatorio de lucha contra el fraude a la Seguridad Social, cuyo objetivo será la recuperación de los recursos que se pierden por incumplimientos en los pagos y por conductas irregulares, así como el refuerzo de la confianza y sostenibilidad en el sistema.
El Observatorio se crea como órgano de participación y recogida de información, con la posibilidad de realizar estudios y análisis de datos para la formalización de propuestas de actuación preventivas y de corrección de fraude, así como para la evaluación y difusión de los resultados.
Este órgano funcionará en Pleno y en comisiones provinciales. Desde mañana, 20 de junio, fecha de entrada en vigor de esta Orden, se abre un periodo máximo de tres meses para constituir el Pleno del Observatorio y sus distintas comisiones provinciales, según publica este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El Observatorio será un instrumento de cooperación y colaboración entre la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Instituto Social de la Marina (ISM), la Inspección de Trabajo, el Servicio Jurídico de la Seguridad Social y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el ámbito estatal o provincial en materia de prevención, detección y corrección del fraude a la Seguridad Social.
Reuniones
El Pleno del Observatorio estará formado por un presidente (el director general de la Tesorería General de la Seguridad Social); un secretario (el subdirector general de Recaudación en periodo voluntario de la Tesorería), y catorce vocales.
En concreto, la TGSS, el INSS, el ISM, la Inspección de Trabajo y el Servicio Jurídico de la Seguridad Social contarán con dos vocales cada uno. También tendrán dos vocales los representantes sindicales y otros dos las organizaciones empresariales.
A las reuniones del Pleno del Observatorio podrán asistir de manera puntual y bajo invitación del presidente representantes de otras entidades, organizaciones u organizamos cuya actividad repercuta en el régimen económico de la Seguridad Social, así como otros representantes sindicales, empresariales y personas físicas o jurídicas cuya aportación se considere necesaria o relevante.
El Pleno del Observatorio se reunirá al menos dos veces al año de manera ordinaria y, extraordinariamente, a iniciativa del presidente o cuando lo solicite una tercera parte de sus miembros.
Las comisiones provinciales tendrán una composición similar (presidente, secretario y, en este caso, 13 vocales) y celebrarán al menos cuatro reuniones ordinarias al año, de la que informarán periódicamente al Pleno.
El Observatorio dependerá directamente de la Tesorería General de la Seguridad Social y su creación no podrá generar, «en ningún caso», un aumento de las dotaciones presupuestarias, debiendo atender la TGSS a este nuevo órgano colegiado con sus actuales medios personales y materiales, apunta la Orden.
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