Es oficial: el Gobierno obliga a bares y restaurantes a ofrecer raciones pequeñas y entregar las sobras gratis
La Ley 1/2025, de 1 de abril, de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario es una normativa cuyo objetivo principal es reducir y evitar el desperdicio de alimentos en toda la cadena alimentaria. Su aplicación afecta de forma directa a restaurantes, bares y otros establecimientos de hostelería en España, que deben incorporar medidas para reducir la cantidad de comida que acaba en la basura, como ofrecer a los clientes la posibilidad de llevarse las sobras en envases adecuados, conocidos como táperes, de forma gratuita.
La norma también promueve la adaptación del tamaño de las raciones en los menús, permitiendo ofrecer distintos tamaños. Los supermercados, por su parte, deben fomentar la venta de productos próximos a su fecha de caducidad o consumo preferente. Las sanciones que se contemplan son las siguientes: leves (2.000 euros), graves (entre 2.001 y 60.000 euros) y muy graves (hasta 500.000 euros).
Nuevas normas para los bares y restaurantes en España
La Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, aprobada en 2025, tiene como finalidad reducir la gran cantidad de alimentos que se desechan cada año. Las cifras son significativas: en España se desperdician más de 1.300 millones de kilos de comida anualmente y cada persona tira, de media, alimentos con un valor aproximado de 250 euros al año.
En este contexto, la ley introduce nuevas obligaciones para los bares y restaurantes en España. Entre las principales medidas destaca la obligación de ofrecer a los clientes la posibilidad de llevarse las sobras en tuppers sin coste adicional. Además, deberán ofrecer raciones de distintos tamaños, de manera que cada cliente pueda adaptar el pedido a su apetito y evitar el desperdicio de alimentos. Por otro lado, los establecimientos de hostelería también están obligados a disponer de un Plan de Prevención del Desperdicio Alimentario, debidamente registrado y aplicado, cuyo incumplimiento puede derivar en sanciones importantes, que en los casos más graves y reiterados pueden superar los 500.000 euros.
El artículo 8 de la Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario determina que «los agentes de la cadena alimentaria que sean empresas de la hostelería y otros proveedores de servicios alimentarios tendrán la obligación de facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional alguno distinto, en su caso, del mencionado en el párrafo siguiente, los alimentos que no haya consumido, salvo en los formatos de servicio de bufé libre o similares, donde la disponibilidad de comida no está limitada, así como informar de esta posibilidad de forma clara y visible en el propio establecimiento, preferentemente en la carta o el menú».
Más allá de los bares y restaurantes, la normativa también afecta a supermercados y grandes superficies, que deben mejorar la gestión de sus excedentes alimentarios. Entre otras medidas, se impulsa la venta de productos con defectos estéticos o cercanos a su fecha de caducidad, así como la donación de alimentos aptos para el consumo, con el objetivo de reducir al mínimo el volumen de comida que termina en la basura y evitar sanciones que pueden alcanzar hasta los 60.000 euros en infracciones graves.
Finalmente, las entidades que reciban alimentos donados estarán obligadas a garantizar su trazabilidad mediante un sistema de registro de entradas y salidas. Asimismo, deberán asegurar el cumplimiento de correctas prácticas de higiene en la conservación y manipulación de los productos bajo su responsabilidad, así como destinar los alimentos recibidos a personas en situación de vulnerabilidad, sin aplicar ningún tipo de discriminación.
Jerarquía de prioridades
La jerarquía de prioridades establece un orden específico para la gestión de los excedentes alimentarios. En primer lugar, se plantea la transformación de los alimentos no vendidos pero aún aptos para consumo humano en otros productos alimentarios. En segundo término, se prioriza su donación a entidades sin ánimo de lucro. A continuación, se contempla su uso para alimentación animal o la elaboración de piensos, seguido de su aprovechamiento como subproducto en otras industrias. Finalmente, sólo como última opción, los residuos se destinan al compostaje o a su valorización energética.
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
En 2015, más de 150 países miembros de las Naciones Unidas se reunieron en la Cumbre del Desarrollo Sostenible, donde se aprobó la Agenda 2030, un plan global que incluye 17 objetivos universales. Desde enero de 2016, estos objetivos orientan los esfuerzos de numerosos países con el fin de alcanzar un desarrollo más sostenible de cara al año 2030. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) promueven, especialmente, la búsqueda de un equilibrio necesario entre la reducción de la pobreza, la disminución de las desigualdades, el impulso de la prosperidad y la protección del medio ambiente, considerado un elemento clave para el futuro del planeta.
«El consumo y la producción a nivel mundial actúan como motores principales de la economía global, pero en la actualidad siguen dependiendo en gran medida de un uso intensivo del medio ambiente y de los recursos naturales, lo que continúa generando efectos negativos y, en muchos casos, destructivos sobre el planeta. Por ello, resulta esencial que la humanidad impulse políticas que favorezcan una transición hacia modelos más sostenibles, capaces de desvincular el crecimiento económico del consumo descontrolado de recursos naturales», detalla el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
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