La Seguridad Social oferta nuevas ayudas para discapacitados: prestaciones y requisitos
La Seguridad Social avisa sobre tu vida laboral: atención a los cambios
Ponen fecha a la importante novedad que llega a la Seguridad Social y afecta a estos sueldos
El cambio más inesperado que llega a la Seguridad Social: se moderniza todo
La Seguridad Social dispone de diversas medidas y programas de apoyo destinados a las personas con discapacidad. Conocerlas y saber los trámites que son necesarios para poder acceder a ellas es fundamental. En la página web de la Seguridad Social puedes encontrar la información, pero en este caso, te lo ponemos más fácil. A continuación detallamos los tipos de ayudas y prestaciones a los que puedes acceder en caso de tener alguna discapacidad.
Prestación por incapacidad temporal
Esta ayuda es crucial cuando un trabajador sufre una enfermedad o un accidente que le impide desempeñar sus labores de manera habitual. Se concede tanto en casos de enfermedades o accidentes laborales como en situaciones ocurridas fuera del entorno laboral. La duración inicial de esta ayuda es de 365 días y, en caso de necesitar más tiempo para volver al trabajo, se puede prolongar por un período adicional de 180 días.
Prestación por incapacidad permanente
La prestación por incapacidad permanente se concede al trabajador que, tras recibir el tratamiento necesario, presenta problemas anatómicos o funcionales de carácter grave. Se trata de una prestación contributiva, por lo que el trabajador debe cumplir un período mínimo de cotización si la incapacidad se debe a un accidente o una enfermedad no laboral. En el caso de que la condición sea resultado de un accidente o una enfermedad profesional, se excluye el requisito de pago de cotizaciones previas.
Según la condición y el grado de limitación del trabajador, estas son las pensiones que concede la Seguridad Social:
- Parcial: implica una reducción o pérdida de rendimiento laboral inferior al 33%.
- Total: se refiere a la inhabilidad para realizar el trabajo habitual, aunque el individuo puede desempeñar otro cuyo nivel de exigencia sea menor.
- Absoluta: indica la imposibilidad de llevar a cabo cualquier tipo de trabajo u oficio.
- Gran invalidez: se caracteriza por la completa incapacidad para desempeñar cualquier trabajo y la necesidad de asistencia en acciones cotidianas.
Pensión no contributiva por discapacidad o jubilación
La prestación económica de invalidez en la modalidad no contributiva no requiere un pago mínimo de cotizaciones previas y brinda respaldo a cualquier trabajador que se encuentre en una condición de invalidez en un grado igual o superior al 65%. Esta prestación está destinada a individuos mayores de 18 y menores de 65 años y la cuantía está sujeta a las rentas personales y a la composición familiar.
Prestación por hijo a cargo con discapacidad
Esta prestación se concede a aquel trabajador que haya cotizado previamente y tenga a su cargo un descendiente menor de 18 años con una discapacidad mental, física, sensorial o intelectual superior al 65%. La evaluación de la situación y los grados de dependencia se realizan considerando su nivel de autonomía y las demandas que implica su cuidado:
- Grado I: dependencia moderada.
- Grado II: dependencia severa.
- Grado III: gran dependencia.
Temas:
- Seguridad Social
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