La ley responde ante las altas temperaturas: ¿Puede un inquilino exigir a su casero que le instale aire acondicionado?
Qué dice la LAU sobre el derecho, o no, a tener aire acondicionado si el inquilino lo pide
El cambio en la ley de alquileres ya es oficial: el propietario tiene que pagar este gasto según la LAU
Mira bien tu contrato de alquiler: puedes quedarte 7 años en tu piso aunque el casero no quiera
En muchos pisos, el verano se hace largo y no por las vacaciones, precisamente, sino por el calor que se queda dentro de casa y no se va ni de noche. Ya hemos visto con las recientes olas de calor sufridas, como hay días en los que abrir la ventana no sirve de mucho y dormir bien se complica más de lo normal de modo que se recurre al uso del aire acondicionado y ventiladores, pero ¿si vives de alquiler? ¿puedes pedir que te instalen aire cuando hace mucho calor?.
No todas las casas o pisos de alquiler disponen de un aparato de aire acondicionado instalado, de modo que muchos inquilinos, se preguntan si tienen derecho a pedirlo al propietario, sobre todo cuando el calor deja de ser algo puntual y se alarga durante semanas. La respuesta, sin embargo, no tiene tanto que ver con lo incómodo que sea el piso, sino con lo que marca la ley. Y ahí conviene tener claro un punto y es que la normativa obliga a que la vivienda se pueda usar en condiciones normales, pero no a que tenga ciertos extras.
¿Puede un inquilino exigir a su casero que le instale aire acondicionado?
Para situarse, hay que ir a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). En su artículo 21 se recoge que el propietario debe encargarse de las reparaciones necesarias para que la vivienda siga siendo habitable durante el contrato.
Eso incluye mantenimiento, arreglos y cualquier problema que impida usar el piso con normalidad. Pero hay un límite bastante claro: la ley habla de mantener lo que ya existe, no de añadir cosas nuevas. Por eso, instalar aire acondicionado en una vivienda que nunca lo ha tenido no entra dentro de esas obligaciones. Se considera una mejora, no una reparación. Y, en consecuencia, no se puede exigir como un derecho.
Cuándo sí responde el propietario
La situación cambia cuando el aire acondicionado ya forma parte del piso. Si el inmueble se alquiló con este sistema y deja de funcionar por el uso normal o por el paso del tiempo, el propietario está obligado a repararlo o sustituirlo. En ese caso, se considera un elemento más de la vivienda.
También puede haber responsabilidad cuando existen problemas estructurales que afectan a la habitabilidad. Hablamos de humedades, filtraciones, mal aislamiento o defectos constructivos que impidan vivir en condiciones normales. En estos supuestos, el arrendador debe actuar. Eso sí, conviene matizarlo ya que la obligación es corregir el problema que afecta al uso del inmueble, no necesariamente instalar aire acondicionado. Cada caso se analiza de forma individual.
¿Puede el inquilino instalarlo por su cuenta?
Sí, pero no siempre sin condiciones ya que si la instalación implica obras, perforaciones o afecta a elementos del edificio, es necesario contar con la autorización del propietario. Hacerlo sin permiso puede generar conflictos e incluso obligar a retirar la instalación. Por eso, muchos inquilinos optan por soluciones más simples, como aparatos portátiles o sistemas sin instalación fija. No ofrecen el mismo rendimiento, pero evitan problemas legales.
Lo que suele pasar en estos casos
Más allá de lo que diga la ley, la realidad es bastante más simple: la mayoría de estas situaciones se arreglan hablando. No suele acabar en denuncia ni en juicio. Lo normal es que propietario e inquilino busquen alguna salida que les encaje a los dos. De este modo, a veces se reparte el gasto, otras se negocia una pequeña rebaja del alquiler o directamente el casero decide instalar el equipo para dejar el piso mejor de cara al futuro. No hay una única forma de hacerlo y cada caso va por libre. Eso sí, hay un consejo que se repite siempre y es dejarlo por escrito para que en el caso de cualquier problema, se pueda demostrar lo que se había pactado.
Donde realmente se decide todo
Al final, hay un punto que pesa más que el resto y que es el contrato. Es ahí donde se ve qué incluía exactamente la vivienda cuando se alquiló. Si había aire acondicionado, el propietario tiene que mantenerlo. Si no se menciona en ningún lado, no se puede reclamar después como si fuera una obligación. Por eso, cada vez más gente intenta cerrar estos detalles antes de firmar. Sobre todo en zonas donde el calor no es una excepción, sino lo habitual durante buena parte del año.
Un tema que cada vez genera más dudas
El debate, en cualquier caso, sigue ahí. Las temperaturas no dejan de subir y cada verano se repite la misma situación en muchos pisos de alquiler, pero de momento, la ley no ha cambiado. El aire acondicionado sigue viéndose como una mejora, no como algo obligatorio. Y eso deja poco margen para exigir nada por esta vía. A partir de ahí, todo depende de lo que acuerden las partes. Porque, hoy por hoy, la norma no entra en ese terreno.
Lo último en Economía
-
Grenergy registra un nuevo programa de pagarés verdes por hasta 200 millones
-
El Ibex 35 sube un 0,90% al cierre y apunta a los 19.400 puntos con el petróleo al alza
-
El absentismo se convierte en uno de los principales desafíos para la competitividad en España
-
Los ganaderos denuncian que las cotizaciones del vacuno caen un 10% tras el acuerdo UE-Mercosur
-
¿Estás al día de la economía internacional? Ponte a prueba con estas cuatro preguntas de actualidad
Últimas noticias
-
El gran secreto del gran momento de Ferran Torres: una pulsera inteligente que también usan Cristiano Ronaldo y Alcaraz
-
Nico Williams se pronuncia en redes sociales sobre su polémico gol anulado en la final del Mundial
-
Paredes, el odiador
-
Grenergy registra un nuevo programa de pagarés verdes por hasta 200 millones
-
El Ibex 35 sube un 0,90% al cierre y apunta a los 19.400 puntos con el petróleo al alza