Hacienda valora rastrear todos los pagos con tarjeta para acabar con el fraude fiscal
También se valora la prohibición de tarjetas y otros medios de pago no nominativos
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El Ministerio de Hacienda se plantea implantar una nueva obligación de informar de todo tipo de pagos con tarjetas para combatir el fraude fiscal: serán las entidades financieras las que deban comunicar las operaciones acometidas con tarjetas de crédito, de débito, tarjetas prepago con o sin cuenta bancaria asociada, tarjetas de pago virtuales o para compras online, así como con otras de cualquier denominación y en cualquier moneda.
Esta es la conclusión del Informe de evaluación de la ley de medidas de lucha contra el fraude fiscal de 2021 que el Gobierno había comprometido con Bruselas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que ha sido compartido por EP.
Así, una de las medidas planteadas en este informe y que podría afectar a todos los ciudadanos y empresas es el establecimiento de una nueva obligación de información, para las entidades financieras, que incorpore la información de las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas.
Cambio en la gestión de cobros
Respecto a los ciudadanos que tengan una empresa, cuidado. El informe plantea también el establecimiento de la obligatoriedad de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y de contar con un certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias para estar adheridos a un sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito (TPV).
Además, el círculo se cierra a los medios oficiales. Otra de las propuestas a valorar sería el uso de tarjetas emitidas en el extranjero, así como de las tarjetas u otros medios de pago emitidos por entidades residentes en jurisdicciones no cooperativas.
Cuidado si sueles compartir tu tarjeta con otras personas al realizar pagos y la utilizáis de forma indiferente tú y tu familiar. Se valora la prohibición de tarjetas y otros medios de pago no nominativos, es decir, que no aparecen atribuidas a un titular identificado o la obligación de que en cada operación de disposición de efectivo (en cajeros), realizados con tarjetas emitidas en otros países, se otorgue al banco que media en el suministro de efectivo la identidad del titular de la tarjeta.
Divisas: bajar el límite de 50.000 €
Respecto de los movimientos de divisas, el informe se plantea analizar la viabilidad de una modificación a la baja del límite de 50.000 euros por operación a efectos del reporte sistemático a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, sobre movimientos de divisas.
Si bien sería una medida subsidiaria o incluso complementaria de la anterior, se baraja la inclusión de la información de todas las transacciones cuando el importe acumulado desde una determinada cuenta bancaria exceda de un límite predefinido.
Activos digitales
En el campo de la recaudación de las deudas, sanciones y otros créditos a favor de la Hacienda Pública, se plantea el cobro de cuantías derivadas de conductas delictivas constitutivas de delito fiscal y contrabando.
De su lado, además de esta obligación para los pagos con tarjeta, se sopesa dar cabida en el reciente Reglamento General de Recaudación (aprobado el pasado verano), como entidades colaboradoras, a Entidades de Dinero Electrónico como las Entidades de Pago y habilitar la posibilidad de embargo de activos digitales.
El informe sobre el que se basan las medidas propuestas se ha realizado tras la evaluación intermedia de los efectos de la Ley que se publicó en el último trimestre de 2022 e incluye tanto el estudio de las medidas implementadas, como posible propuestas de mejora a implementar en un futuro. Para la elaboración de este informe se ha solicitado la colaboración de diversas entidades, asociaciones y fundaciones españolas.
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