Economía
IRPF

Hacienda tiene un mensaje importante para los mutualistas: lo que va a pasar con el IRPF

Qué va a pasar con los mutualistas que no han recibido todavía su devolución de IRPF

Devoluciones y plazos para los mutualistas según lo explicado por Hacienda

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Hacienda tiene un mensaje importante para los mutualistas. Desde hace algún tiempo las palabras «mutualistas» y «mutualidad» no dejan de sonar en los medios de comunicación debido a un tema relevante relacionado con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La Agencia Tributaria comunicó una corrección importante que afecta a miles de trabajadores que cotizaron en mutualidades antiguas.

Estos mutualistas podrían recibir una devolución de entre 3.000 y 4.000 euros, en respuesta a un error en las cotizaciones aplicadas por Hacienda, el cual había impuesto un porcentaje del 100% en lugar del 75% que correspondía tiempo atrás. Este ajuste surge de una sentencia del Tribunal Supremo (STS 707/2023) que afecta específicamente a las cotizaciones del periodo 2019-2022. En la última campaña de la Renta 2023, los mutualistas pudieron solicitar esta devolución. Al no haber prescrito ese periodo, los mutualistas afectados pueden recibir una compensación por los importes cobrados de más, ajustándose así a las directrices judiciales. Sin embargo, la devolución no es inmediata y, en algunos casos, los mutualistas tendrán que esperar hasta finales de año para recibir su compensación.

Hacienda tiene un mensaje importante para los mutualistas

Una vez presentada la declaración de la Renta, las devoluciones suelen tardar en procesarse, y los mutualistas afectados por este fallo de Hacienda no son la excepción. Si bien algunos jubilados han recibido su reembolso en un plazo breve tras presentar su declaración, Hacienda dispone de hasta seis meses para completar estos pagos, lo cual significa que los mutualistas podrían recibir el dinero hasta finales de diciembre. En el caso de que el reembolso no se realice en ese plazo, Hacienda estaría obligada a abonar una penalización diaria a los beneficiarios afectados.

Para aquellos que deseen reclamar esta devolución, la Agencia Tributaria ha puesto a disposición un formulario en su sede electrónica. A través de este proceso, los mutualistas pueden solicitar el reembolso de las cantidades cobradas en exceso. Sin embargo, no todos los mutualistas son elegibles: los trabajadores incluidos en el régimen de Clases Pasivas, los autónomos y aquellos que hicieron aportaciones a mutualidades de viudedad o pensiones no contributivas quedan fuera de esta compensación.

La sentencia del Tribunal Supremo y su impacto en el IRPF

La sentencia del Tribunal Supremo (STS 255/2023) ha dado claridad sobre cómo deben aplicarse las reducciones fiscales para los mutualistas jubilados que cotizaron en la Mutualidad Laboral de Banca. Este fallo permite a estos pensionistas beneficiarse de una reducción del 100% sobre las cantidades cotizadas hasta el 31 de diciembre de 1966 y de un 25% para las cotizaciones realizadas entre 1967 y 1978. Este beneficio fiscal se aplicará de manera proporcional a la duración de la vida laboral dedicada a las mutualidades.

La sentencia reconoce que aquellos mutualistas jubilados que cumplan con estas condiciones pueden solicitar una reducción en sus declaraciones de IRPF. La Agencia Tributaria deberá aplicar este ajuste tanto en las declaraciones pasadas de los últimos cuatro años, que aún no han prescrito, como en las declaraciones futuras de los pensionistas. Este cambio permitirá a los mutualistas recibir una rebaja en su IRPF, al ajustar la base imponible de sus pensiones en relación con el tiempo cotizado en mutualidades.

Cómo solicitar la devolución

Los mutualistas que cumplan con los requisitos pueden realizar el trámite desde el portal electrónico de la Agencia Tributaria, donde se ha habilitado una opción específica para estos casos. Allí deben completar un formulario en el que se recopila toda la información relevante para evaluar el derecho a la devolución. Es importante destacar que este procedimiento es exclusivo para aquellos mutualistas cuyas cotizaciones se hayan visto afectadas en los periodos indicados.

Además, los mutualistas deben estar atentos a los documentos requeridos para facilitar la revisión por parte de la Agencia Tributaria. Esto incluye justificar el tiempo cotizado en las mutualidades y demostrar que las cotizaciones realizadas corresponden a los periodos señalados en la sentencia del Tribunal Supremo. De este modo, Hacienda asegura que el proceso de devolución sea justo y eficiente para los mutualistas que realmente califican para recibir esta compensación.

Implicaciones futuras para los mutualistas

Más allá de la devolución de los importes correspondientes a años anteriores, esta sentencia abre la puerta a beneficios fiscales en el futuro. Los mutualistas podrán beneficiarse de esta reducción en las próximas declaraciones de IRPF, lo cual implica un ahorro continuo para aquellos que califican. Sin embargo, es necesario que los mutualistas revisen cada año sus declaraciones para verificar que la Agencia Tributaria esté aplicando correctamente esta reducción en su base imponible.

Este cambio representa un importante avance para los mutualistas y ofrece una solución a una situación que ha sido motivo de disputa. Al mismo tiempo, la sentencia sienta un precedente sobre la forma en que Hacienda debe gestionar las cotizaciones de los mutualistas y podría influir en futuras decisiones tributarias respecto a otras categorías de trabajadores a pesar de que el plazo para hacer las devoluciones todavía no ha finalizado.