Hacienda lanza un aviso a todos los propietarios de viviendas
Los pensionistas ya pueden reclamar a Hacienda hasta 4.000 € que les deben
Buenas noticias: Hacienda habla sobre la ayuda de 200 euros y te va a gustar
Se acabó pagar el IVA. Hacienda cede y podría implementarse la medida en 2023
Aunque, en principio, vender una vivienda implica un beneficio económico, también conlleva una serie de gastos que debe asumir el vendedor. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (antes Plusvalía) es uno de los más relevantes. Pero también hay otros relacionados con Hacienda, como el Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas (IRPF).
Declarar la venta de una vivienda
Cuando un propietario vende un inmueble tiene que declararlo en su IRPF del año siguiente a la transacción. Lo primero es calcular el aumento patrimonial. Para ello, hay que restar el valor de adquisición de la vivienda al valor de transmisión:
- Valor de adquisición: se refiere a la inversión total realizada sobre el inmueble, desde la fecha de compra hasta la de venta (precio de compra, reformas, gastos e impuestos derivados de la compra y préstamo hipotecario).
- Valor de transmisión: hace referencia a la ganancia neta obtenida por la venta de la vivienda (precio de venta, gastos asociados a la operación, impuestos y comisión inmobiliaria si la hay).
En caso de que el propietario haya perdido dinero con la operación, no tiene que aplicar ninguna retención en el IRPF. Sin embargo, si ha obtenido un beneficio con la venta de la vivienda, tiene que aplicar uno de los siguientes tramos del IRPF: hasta 6.000 euros de beneficio (19%), entre 6.000 y 50.000 euros (21%), entre 50.000 y 200.000 euros (23%), entre 200.000 y 300.000 euros (27%) y más de 300.000 euros (28%).
Ahora bien, existen una serie de exenciones que es de especial interés conocer.
Vivienda habitual
Si vendes tu vivienda habitual y utilizas el dinero para comprar una nueva vivienda habitual, no tienes que pagar el IRPF. Para acogerte a esta exención, debes haber residido en ella durante, al menos, tres años de manera continua. Además, tienes que habitar la nueva vivienda en el plazo de un año desde la compra o la finalización de las obras. El plazo para hacer la reinversión es de dos años.
Mayores de 65 años
Los mayores de 65 años están exentos del pago del IRPF de su vivienda habitual, independientemente de si reinvierten o no el dinero que han ganado en otra vivienda. Pero si la casa que venden es una segunda residencia, sí tienen que tributar por ella, excepto si usan el dinero para constituir una renta vitalicia.
Dación en pago
Si has entregado la vivienda en una dación de pago, también estás exento de tributar en el IRPF. Para ello, es necesario que no seas propietario de otro bien cuya cuantía sea suficiente para abonar el 100% de la deuda.
Temas:
- Hacienda
Lo último en Economía
-
La AIE anuncia la liberación «inmediata» de 400 millones de barriles para frenar los precios del petróleo
-
El 44% de los empresarios españoles rediseña sus planes de negocio por la guerra de Irán
-
Los inversores prevén que la guerra de Irán dure tres meses y un petróleo a 80 dólares en 2026
-
La UE confirma el palo a España y confirma: va a ir a los tribunales por no acatar la norma del «tamaño de las empresas»
-
Ryanair volvió a ser la aerolínea líder en España en 2025: creció un 4,28% pese a los recortes de vuelos
Últimas noticias
-
Elecciones a la presidencia del Barça hoy en directo | Cómo van, resultados y a qué hora terminan las votaciones a Laporta y Font
-
Resultados de las elecciones en Castilla y León 2026 en directo hoy | Quién ha ganado, mayoría absoluta y escrutinio
-
Uzbekistán, el nuevo destino de la Formula 1 en la búsqueda de más ingresos
-
Guerra de Irán contra EEUU e Israel, en directo | Últimas noticias de Trump, precio del petróleo hoy y cuándo se acaba el conflicto
-
El motivo medieval por el que los parlamentarios de Castilla y León se llaman ‘procuradores’ y no diputados