Escrivá maniobra para que los pensionistas no cobren el complemento de maternidad que les pertenece
Deniega el complemento de maternidad a jubilados que sí tienen derecho a esa ayuda, lo que les obliga a acudir a los juzgados
El Gobierno de Pedro Sánchez está obligando a los pensionistas a acudir a la justicia ordinaria para reclamar el complemento de maternidad, pese a que la ley de 2016 y las posteriores sentencias concluyen que tienen derecho a esta ayuda. Los fallos judiciales ya han dejado claro que los pensionistas tienen derecho a este complemento de maternidad, siempre que haya accedido a la jubilación entre el 1 de marzo de 2016 y el 3 de febrero de 2021, y sean padres de dos o más hijos.
Este complemento de maternidad se incluyó para los pensionistas en una ley a partir de 2016 y también los hombres tienen derecho a él. El Ejecutivo de Sánchez lo cambió en 2021 y ya no hay problemas para cobrarlo, pero los jubilados lo están reclamando para esos años. Sin embargo, la Seguridad Social que dirige José Luis Escrivá está denegando a los pensionistas este complemento alegando que ha prescrito -5 años- y está obligando a cientos de ellos a acudir a la justicia ordinaria, donde les están dan la razón. «Ese insólito que un Gobierno de izquierdas nos obligue a esto cuando hay sentencias que nos dan la razón», asegura un afectado.
Así lo ha sentenciado hace unos días un juzgado de Santander, que ha condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a pagar a un pensionista más de 7.000 euros por el complemento de maternidad. En la sentencia, el magistrado concluye que el demandante tiene derecho a cobrar esa ayuda desde su jubilación, a partir del 1 de marzo de 2016.
En este caso, y en otros muchos, la Seguridad Social defendió ante el juez que el derecho al complemento de maternidad -que también ha admitido el Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) en una sentencia de 2019-, había prescrito. No negó que tuviera derecho a él, pero sí que ha prescrito. Es la misma estrategia que utiliza cuando los pensionistas reclaman a la Seguridad Social el pago de este complemento, paso previo a la denuncia en el juzgado.
El varapalo para la Seguridad Social es de gran calibre, ya que el magistrado rechaza de plano este argumento y señala que el complemento de maternidad es «imprescriptible». Cita para ello el artículo 122 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) y el criterio del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
Galicia
Otra reciente sentencia de un juzgado de Galicia vuelve a ser clara y da la razón a los pensionistas. En este caso, además, el juez condena a la Seguridad Social a pagar por primera vez una indemnización extra de 1.500 euros al pensionista por los daños causados. En este caso también ha contado la opinión a favor del TJUE.
La primera sentencia que reconoce que los hombres estaban sufriendo discriminación es de diciembre de 2019, por lo que es posible reclamar este complemento de maternidad hasta finales del próximo año. Tras la reclamación oficial a la Seguridad Social, que será denegada por haber prescrito, los pensionistas son obligados a acudir a un juzgado y gastar dinero en abogados y procuradores.
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