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Economía
EMPLEO

Estos son los casos en los que es posible cobrar el paro mientras estás de excedencia voluntaria

El SEPE permite en algunos casos cobrar el paro y estar de excedencia voluntaria

El SEPE permite en algunos casos cobrar el paro a las personas que se encuentran en una situación de excedencia voluntaria. El Servicio Público de Empleo Estatal sólo permite cobrar las prestaciones a las personas que estén en situación de desempleo, pero para los trabajadores que estén en esta situación y cumplan con los requisitos, sí que podrá ‘levantar la mano’. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre el paro para los asalariados que están de excedencia voluntaria.

La excedencia voluntaria está recogida en el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores, que permite a los trabajadores que tengan al menos un año de antigüedad en la empresa ausentarse entre cuatro meses y cinco años sin justificar los motivos de su marcha. Por su parte, la empresa no tendrá la obligación de conservar su puesto, pero el empleado sí que tiene un derecho precedente para ocupar un cargo de la categoría similar.

«El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho solo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia voluntaria», dice el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores. También tendrán derecho a un periodo de excedencia de no más de tres años los padres o madres para atender al cuidado de un hijo.

El artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores. (Foto: BOE)

El paro y la excedencia voluntaria

Un trabajador que esté en situación de excedencia voluntaria no podrá cobrar el paro, ya que el SEPE sólo ofrece sus prestaciones o subsidio a las personas que estén en situación de desempleo. El Servicio Público de Empleo Estatal sólo concederá el paro a los trabajadores que estén en situación de excedencia y cumplan con una serie de requisitos.

El primero de ellos atañe a los trabajadores en situación de excedencia voluntaria que durante este proceso hayan encontrado otro trabajo y hayan sido despedidos por causas ajenas a su voluntad. En este caso cobrará un subsidio del SEPE hasta que finalice su excedencia. Otra forma de cobrar el paro es justo después de finalizar la excedencia. Si cuando decida volver la empresa no cuenta con puestos libres, el empleado en cuestión se podrá acoger al paro u otro subsidio de los que ofrece el SEPE.

Los riesgos de pedir una excedencia

El abogado laboralista @laboral_tips ha publicado un vídeo en las redes sociales sobre «los riesgos de pedir una excedencia». «La excedencia es ese derecho que tenéis todos los trabajadores con una antigüedad de más de un año. La podéis solicitar como mínimo y puede durar como un mínimo de cuatro meses y cinco años. La solicitud la tienes que realizar tú y tienes que fijar el tiempo», informa en un vídeo que cuenta con miles de reproducciones en las redes sociales.

@laboral_tips Cuidado al pedir una excedencia voluntaria #excedencia #trabajo #derechos #abogado ♬ sonido original – Un Tío Legal

«Muy importante y el primer riesgo: no se puede ampliar salvo que haya acuerdo entre las partes o lo diga el convenio colectivo», expone como primer punto de los peligros de coger una excedencia. «La excedencia también puede implicar perder tu puesto de trabajo. La excedencia te da un derecho expectante a volver y, cuando acaba esa situación, tú a tu empresa le pides reincorporarte», dice y a continuación deja claro que la empresa puede alegar que no hay puestos libres.

«Ahí te puedes encontrar en un limbo: no estás despedido, simplemente tu derecho a volver existe cuando haya otro puesto. Hasta entonces, nada. Esto puede durar eternamente. Es posible que el trabajo no lo recuperes nunca», avisa a la vez que informa que «en estos casos no tienes derecho a ningún tipo de indemnización».